Actriz colombiana acusa de «secuestro» a autoridades migratorias en México; esto respondió el INM

El Instituto Nacional de Migración (INM) respondió este viernes a la denuncia de la actriz colombiana Viviana Santos, quien aseguró que fue privada de su libertad durante 13 horas al llegar a México.

En videos de TikTok, Viviana Santos relató que el 14 de junio pasado fue retenida por autoridades migratorias al llegar a México en calidad de turista.

Le confiscaron sus pasaportes, su celular, los cordones de sus zapatos y sus joyas, sin darle explicación, de acuerdo con su relato.

Viviana Santos contó que llegó el 14 de junio e informó a Migración que llegó en calidad de turista y que incluso ella fue residente legal en el país. Incluso mostró su pasaporte nuevo y uno viejo donde tiene la visa americana.

Ambos le fueron confiscados y después se le pasó a “una salita” donde respondió a todas las preguntas que se le hicieron sobre el viaje.

Más tarde, dijo, se le comunicó que no había sido aceptada en México y se le retuvo durante doce o 13 horas en México sin que pudiera hacer una llamada. “Me dejaron sin poder comunicarme”, aseguró.

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“Literalmente estaba secuestrada, estaba privada de la libertad como si fuera una delincuente pero no lo era”, acusó.

“Me dejaron sin comida, me dejaron sin poder comunicarme, me dejaron privada de la libertad sin yo ser una delincuente y nunca me explicaron por qué me estaban negando la entrada. La única razón que me dieron fue que mi amigo (quien acudió a recibirla al aeropuerto) no contestó el teléfono, y a mi amigo nunca lo llamaron”, aseveró.

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La respuesta del INM
El video fue publicó por Viviana Santos hace cuatro días, pero hasta hoy hubo respuesta oficial del INM.

Sin mencionarla por su nombre, en un comunicado la dependencia de la Secretaría de Gobernación informó “sobre la inadmisión al país de una persona de nacionalidad colombiana en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”.

La “persona referida”, añadió, arribó el pasado 14 de junio a la Terminal 1, procedente de Bogotá, Colombia, y al presentar su documentación en el filtro de revisión se detectó la existencia de una alerta migratoria, por lo que se le condujo a una segunda revisión.

“Siendo las 12:42 horas y en presencia de dos testigos de asistencia, se le otorgó su garantía de audiencia para manifestar lo que a su interés conviniera y, en su caso, exhibiera las pruebas correspondientes; además, fue informada sobre la posibilidad de comunicarse con su consulado o persona de confianza durante el plazo de la entrevista, a lo que se limitó a señalar: ‘sí, de ser necesario’”, dijo el INM.

“A 15:35 horas del 14 de junio le fue negado el trámite de internación al país y, ante dicha situación, se le informó de su condición, de igual forma fue notificada la aerolínea que la trasladó a México, para quedar asignada a su custodia y alimentación en tanto se ejecutaba su abordaje de regreso a su país, lo cual aconteció a las 01:25 horas del 15 de junio.

“De conformidad con los artículos 3, fracción XXVI, y 231, fracción V del Reglamento de la Ley de Migración, respecto a presuntos actos de incomunicación, se aclara que se encuentra prohibido el uso de telefonía celular en la zona de filtros de revisión, aunque de ser necesario, como se le informó, podía hacer uso del teléfono de la oficina migratoria”, detalló el INM.

La dependencia aclaró que, como procedimiento de seguridad y medida preventiva, al momento de ingresar a la sala de espera de personas inadmitidas, personal de seguridad solicita a las personas extranjeras retirar las agujetas de su calzado u otros objetos, para que no intenten hacerse daño a sí mismas y a otras personas que se encuentren en el mismo lugar, “sin que ello, de manera alguna, pueda ser considerado un mal trato”.

El INM asegura que se actuó conforme a la legislación en la materia y en debida observancia a los derechos humanos; “la causa de una segunda entrevista e inadmisibilidad al país deriva de la existencia de una alerta migratoria, por lo que la actuación de esta autoridad fue legal y justificada”, remarcó.

La diligencia concluyó dentro de las 4 horas que marca la ley y el acta de rechazo fue ejecutada en el vuelo próximo dentro de las siguientes 24 horas con destino al lugar de procedencia, concluyó.

Proceso

junio 24, 2023 - 1:23 pm

Por: Staff

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