La Sala Ciudad de México del Tribunal Electoral Federal anuló las elecciones de los Ayuntamientos de Mazapiltepec de Juárez y Tepeojuma, en el Estado de Puebla.
En el caso de Mazapiltepec de Juárez, el Tribunal Electoral local anuló la votación recibida en una casilla al haberse vulnerado el principio de certeza, lo que generó un cambio de ganador.
Sin embargo, la Sala Regional consideró que derivado de la anulación de esa casilla debía declararse la nulidad de la elección porque en este Municipio solo hay dos secciones y la casilla anulada corresponde al 30.4 por ciento de las personas inscritas en la Lista Nominal.
De acuerdo con el cómputo del Instituto Electoral del Estado de Puebla, este municipio lo ganó Miguel Pérez Cuéllar, candidato de la alianza PAN-MC.
En la elección de Tepeojuma, los magistrados consideraron adecuada la anulación que hizo el Tribunal local de diversas casillas, al haberse vulnerado la certeza del contenido de los paquetes electorales, irregularidades que no son reparables.
Al haberse dejado sin efecto el 50 por ciento de las secciones del Municipio y el 40 de las casillas instaladas, se superó el requisito legal para proceder a la anulación de la elección donde había triunfado el priista Daniel Gerardo Domínguez Alarcón.
En contraste, la Sala Regional revocó la sentencia del Tribunal local que había declarado la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Tepanco de López debido a que el candidato ganador, Elusebio Martínez Benítez, de Nueva Alianza y Compromiso por Puebla, había excedido los límites a los gastos de campaña.
Sin embargo, en una resolución previa, la Sala Regional había revocado el rebase de tope de campaña, por lo que el único sustento de la determinación reclamada dejó de tener efectos.
Por lo tanto, se determinó que subsista la declaración de la validez de la elección decretada por el Consejo Municipal, así como la expedición de las constancias de mayoría a la planilla que resultó ganadora.
Con información de Reforma