La LX Legislatura del Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la que se propone castigar la violencia mediática y el uso de medios electrónicos para ejercer intimidación, amenazas y discriminación, con el objetivo de establecer una protección en las redes sociales para el género femenino, cuya Minuta de decreto fue expuesta por la diputada Mónica Lara Chávez.
La propuesta considera modificar la fracción II del artículo 23 y se adiciona el artículo 17 bis, que corresponde a eliminar toda acción o misión tendiente a publicar o difundir mensaje en los medios de comunicación utilizando imágenes estereotipadas que de manera directa o indirecta promueva la explotación sexual de las mujeres, así también, se utilicen imágenes que injurien, difamen o humillen la dignidad de las mujeres.
La legisladora consideró que estas reformas son un paso importante para la prevención de la violencia en las redes sociales, medios de comunicación y medios electrónicos; además, dejó en claro que esto no significa coartar la libertad de expresión de nadie, simplemente se busca erradicar la discriminación y la desigualdad.
En otro punto de la sesión, la diputada Estefanía Rodríguez Sandoval dio cuenta ante las y los diputados integrantes del Pleno de la LX Legislatura sobre las modificaciones a la Ley Para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el estado de Puebla para evitar promover odio y violencia por medio de la publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipadas a través de cualquier medio de comunicación o plataformas digitales.
La propuesta fue aprobada por unanimidad y pretende adecuar el marco jurídico para eliminar la discriminación en el estado de Puebla y de esta forma sancionar a quien, de manera directa o indirecta, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o bien atente contra la dignidad o promueva la explotación de las personas, generando desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o violencias.
La legisladora señaló que con estas modificaciones al artículo 6 Bis, fracción XV de la Ley Para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el estado de Puebla, servirá para cerrar los círculos legales y dar respuesta a las observaciones que hizo la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres al Gobierno del Estado por la Alerta de Género.
Consideró que estas reformas son un escudo para las mujeres en contra del machismo y la misoginia, ya que se debe ver como un avance práctico para el impulso de valores, tras advertir que, en el mismo, no distingue entre la red pública o privada y podría caer en el supuesto de la difamación, figura jurídica derogada en la ley.
Consideró este punto como importante, ante el incremento de la violencia de género mediática tanto para mujeres como para hombres en el estado de Puebla.
Expuso que la Ley no va a coartar la libertad de expresión de las personas, siempre y cuando éstas no incurran en discriminación o violencia de género y se proponga a los medios evitar caer en la disfunción de acciones estereotipadas en contra de la mujer