Aprueba Congreso reformas a la Ley de Desarrollo Rural

El Congreso del Estado aprobó reformas a los artículos 109 y 115 de la ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Puebla, con el propósito de que en caso de desastres naturales se garantice cobertura de riesgos y subsidios que permita a los productores recuperar por lo menos el monto de su inversión en insumos y mano de obra, así como proporcionar mayor capacidad para administrar los riesgos relevantes en la actividad económica del sector.

En este sentido, el diputado Arturo de Rosas Cuevas (Morena) señaló en tribuna que a través de estas reformas a la ley se hace justicia a los productores poblanos, procurando apoyos mediante previsiones, disponibilidad presupuestaria suficiente a través de la Ley de Egresos del Estado de Puebla.

“El propósito es que puedan concurrir recursos económicos con lo que disponga el gobierno federal, estatal y municipal, que permita compensar al productor en caso de desastres naturales o contingencias eventuales, con coberturas de riesgos y subsidios, previa evaluación técnica certificada”, explicó el legislador.

Con relación a este punto del orden del día, el diputado Uruviel González Vieyra (Compromiso por Puebla) reconoció a la diputada Guadalupe Esquitín Lastiri (Movimiento Ciudadano) por presentar las reformas a la Ley de Desarrollo Rural a favor de los productores de la entidad.

Por su parte, el diputado Armando García Avendaño (PRD) solicitó, sin ánimo de confrontación política, replantear las reformas al artículo 109 y 115 de la Ley mencionada, con la finalidad de especificar todas las consideraciones necesarias para su funcionamiento, una vez que surja a la vida legal.

García Avendaño consideró que se debe evitar que el gobierno sea reparador de siniestros e impedir una carga indemnizatoria para la entidad, que generaría una expectativa a los productores, posiblemente incapaz de sostenerse, ya que podría rebasar la cantidad financiera del Estado.

Asimismo, los Legisladores aprobaron por unanimidad las reformas al artículo 30 y 79 de la Ley de Desarrollo Rural, que tiene como finalidad, impulsar la infraestructura de comunicación a través de la construcción y mantenimiento de caminos rurales, forestales y sacacosechas, así como de sistemas de telecomunicaciones y telefonía rural, de sistemas de transporte de personas y de productos.

enero 31, 2019 - 9:30 am

Por: Jorge Barrientos

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