Las y los diputados avalaron reformas en materia de suplencia de magistraturas, para sancionar la violencia familiar como agravante cuando sea contra personas con discapacidad o en gestación y por discriminación laboral contra embarazadas
El Pleno de la LXI Legislatura del Congreso de Estado aprobó, por mayoría de votos, en Sesión Pública Ordinaria realizar reformas para establecer penas de uno a tres años de prisión y multas de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).
La iniciativa refiere que las sanciones se aplicarán a quienes someta, coaccione u obligue a personas a recibir cualquier tipo de tratamiento, terapia o servicio con o sin fines de lucro con la intención de impedir anular o modificar la orientación sexual, identidad u orientación de género de una persona y las mismas sanciones a quienes apliquen dichos procedimientos.
Las modificaciones se realizaron a la denominación del Capítulo Séptimo del Libro Segundo, la denominación de la Sección Quinta del Capítulo Séptimo del Libro Segundo denominada “Delitos contra el Libre Desarrollo de la Sexualidad, Expresión e Identidad de Género”, la Sección Sexta del Capítulo Séptimo del Libro Segundo; y se adicionan el artículo 228 Quáter a la Sección Quinta y la Sección Séptima al Capítulo séptimo del Libro Segundo del Código Penal del Estado.
Al hacer uso de la palabra, como parte de la discusión en el Pleno, y al presentar una propuesta reformatoria al dictamen a discusión, el diputado Carlos Evangelista Aniceto, expresó que esta reforma también incluye que los tratamientos, terapias o servicios a los que se refiere la iniciativa son todas aquellas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o procedimientos en los que empleando violencia física, moral, psicoemocional o cualquier otra obstaculice, restinga, impida, menoscabe, anule o modifique la expresión o identidad de género así como la orientación sexual de las personas.
También hizo uso de la palabra la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia quien presentó una reserva a la iniciativa; mientras que el diputado Iván Herrera Villagómez expuso que las terapias de conversión son un modelo de tortura, por lo que tienen que ser sancionadas toda vez que su aplicación es inhumana y contraria a los derechos reconocidos por la Constitución Política; por su parte, la diputada Yolanda Gámez Mendoza, sostuvo que éstas violan los derechos y son todo un abanico de abusos que tiene efectos psicológicos y físicos con las víctimas.
Como parte del orden del día las y los diputados aprobaron reformas a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado con la intención de establecer que la falta de alguna de las personas titulares de las magistraturas representantes será suplida por la persona titular de la Secretaría General del Tribunal de Arbitraje con el carácter de persona encargada de despacho.
El dictamen fue propuesto por integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado. De tal forma la modificación del artículo 77 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Mediante un punto distinto en el orden del día las y los diputados aprobaron reformas a los párrafos tercero y cuarto del artículo 284 Bis del Código Penal del Estado para incorporar al tipo penal de Violencia Familiar como agravante, cuando la conducta antijurídica se realice en contra de una persona con discapacidad o en periodo de gestación.
Al respecto, el diputado Eduardo Castillo López expresó que como parte de esta iniciativa se incrementarán las sanciones, lo que corresponde, hasta en una mitad.
Finalmente, como parte del orden del día, las y los diputados aprobaron por unanimidad de votos reformas al primer párrafo del artículo 357 del Código Penal para incorporar en el tipo penal de discriminación, la condición de embarazo como sujeto pasivo, es decir para inhibir la discriminación recurrente contra embarazadas, principalmente en el ámbito laboral.
Foto: Es Imagen / Daniel Casas