El dictamen contempla reformas al primer y segundo párrafo del artículo 199 Sexies, así como la adición de un cuarto párrafo al mismo artículo del Código Penal del Estado de Puebla
Por unanimidad, el Pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado aprobó sanciones para las personas servidoras públicas que sean omisas en la vigilancia de establecimientos de venta de alcohol, esto, mediante reformas al primer y segundo párrafo del artículo 199 Sexies, así como la adición de un cuarto párrafo al mismo artículo del Código Penal.
Como parte de las modificaciones, se estableció en el primer y segundo párrafo del artículo 199 Sexies que se sancionará a las personas que distribuyan bebidas alcohólicas sin licencia o el permiso correspondiente, otorgado por las autoridades competentes, con las penas ya indicadas en este numeral.
En tanto, con la adición al cuarto párrafo se establece que se sancionará con tres meses a tres años de prisión y multa de 50 a 500 Unidades de Medida y Actualización a la persona funcionaria pública que, obligada por Ley a vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas en los comercios de venta de bebidas alcohólicas y que, por su omisión o ausencia de respuesta a los reportes hechos por los ciudadanos de la existencia de presuntos comercios sin la autorización legal, omita la exigencia de los requisitos.
Durante su intervención, el diputado promovente de la iniciativa, Eduardo Alcántara Montiel expresó que con estas reformas se pretende que las autoridades responsables de vigilar el cumplimiento de los permisos de venta de bebidas alcohólicas sean corresponsables por la vía administrativa y, al mismo tiempo, haya una consecuencia penal para las personas funcionarias omisas que permitan la venta ilegal; el propósito es llamar al orden y legalidad.
En otro punto del orden del día en sesión ordinaria, las diputadas y diputados aprobaron el dictamen a través del cual se adicionan las fracciones XXIV Bis y XXIV Ter al artículo 380 del Código Penal, para establecer una agravante en el delito de robo.
Se considerará así cuando se trate de un vehículo no motorizado o motorizado, cuyo motor sea de baja potencia no susceptible de alcanzar velocidades mayores a 25 kilómetros por hora para el desplazamiento de una persona que, por sus condiciones de salud o física, le sea indispensable para movilizarse; lo mismo aplicará cuando la víctima lo utilice como medio de transporte o herramienta de trabajo.
Al respecto, la diputada promovente de la iniciativa, Guadalupe Leal Rodríguez señaló que con la aprobación de este dictamen se avanza en materia de movilidad y se reconoce a la bicicleta como medio de transporte, ya no sólo como un objeto para la recreación.
En tanto, las y los diputados aprobaron reformas a la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla, el objetivo es regular la transición y garantizar transparencia en los gastos ejercidos para este fin.
La diputada Jocelyn Olivares López explicó que con estas reformas se fortalecerán los procesos de entrega-recepción, además, se incorporará el concepto de transición, un término que se usa con frecuencia cuando al término de una administración se celebran reuniones entre los gobiernos entrantes y salientes. Mencionó que en el dictamen se establece que las administraciones deben proyectar los recursos a destinar para estos procesos.
Como parte del orden del día, el Pleno de la LXI Legislatura avaló el dictamen por el que se adiciona la fracción V al artículo 42 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, a fin de establecer dentro de las causas de suspensión temporal, sin responsabilidad para el Estado, cuando el trabajador cometa actos de hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.
En su intervención, el diputado promovente de la iniciativa, Rafael Micalco Méndez explicó que con el dictamen se especifica cuál es el castigo a quienes cometen hostigamiento y acoso sexual, con la pérdida del espacio laboral, siempre y cuando se demuestre que se cometió este delito.
De igual manera, se avalaron reformas a las fracciones XV y XVI del artículo 44, así como la adición de la fracción XVII a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para establecer un plazo de 15 días hábiles como periodo en que las autoridades estatales y municipales proporcionen la información y documentación solicitada por las y los diputados, como parte de la elaboración de iniciativas, así como para el desempeño de las funciones legislativas.
La diputada Guadalupe Leal Rodríguez destacó que con estas reformas se hará más eficiente el trabajo legislativo, pues la información otorgada servirá para generar más y mejores iniciativas en beneficio de la ciudadanía.
Durante la sesión ordinaria, el Pleno de la LXI Legislatura aprobó reformas a diversas disposiciones de las 217 Leyes de Ingresos Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2023, con la finalidad de establecer cuotas fijas para el pago de servicios de expedición de copias certificadas y hojas adicionales.
En el dictamen aprobado por las y los diputados se establece que se aplicarán cuotas fijas de derechos de servicios de expedición de certificaciones incluyendo el formato oficial de expedición de copias certificadas de documentos o copias certificadas –con costo de 23 pesos cada una, así como de hojas adicionales, por 1.50 pesos—, no relacionadas con el acceso a la información pública, tomando en consideración los gastos relacionados con el Ayuntamiento para la prestación de dichos servicios.
En temas municipales, las y los diputados avalaron un punto de acuerdo para exhortar al Ayuntamiento de Puebla a realizar las acciones que en apego a la normativa aplicable se requieran para el adecuado mantenimiento y funcionamiento legal del Mercado Amalucan, incluyendo la prestación de los servicios necesarios.
Uno de los objetivos es que se brinden soluciones y las condiciones necesarias a todas las personas locatarias para la sana convivencia y la libre concurrencia para el desarrollo de la actividad comercial y beneficio de la ciudadanía en general.
Sobre el tema, el diputado Eduardo Alcántara Montiel hizo un recuento de los hechos que motivaron la presentación del punto de acuerdo, al mismo tiempo, puso énfasis en que es una atribución municipal regular el funcionamiento de los mercados, así como garantizar que se presten servicios adecuados a la ciudadanía.
Finalmente, se aprobaron modificaciones a la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de San Pedro Cholula, la finalidad del dictamen es incorporar el cobro del Derecho de Alumbrado Público para el ejercicio fiscal 2023 en los mismos términos que el resto de los municipios con autorización.
Al respecto, el diputado Iván Herrera Villagómez se pronunció en contra del dictamen, pues se genera un impacto negativo en la economía de las y los ciudadanos, aunado a que no todos los municipios otorgan el servicio, pero cobran estos derechos.