La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por uso indebido de espacios publicitarios con el spot denominado niños Meade PRI para radio y televisión.
Lo anterior, por hacer referencia a la coalición Todos por México con el nombre y el emblema de Nueva Alianza, y por incluir de manera indebida la imagen de menores de edad. El promocional es idéntico a otro anteriormente difundido por Nueva Alianza.
Ello advierte que el PRI está utilizando sus espacios publicitarios para promover a Nueva Alianza, generando confusión y desinformación, al no precisar con certeza quién es el emisor del spot, lo que afecta la equidad en la contienda.
El pleno señaló que es válido que Nueva Alianza y el PRI utilicen el mismo contenido para difundir un mensaje de manera individual en sus tiempos en radio y televisión.
En ese sentido, dicho contenido incumple con los requisitos legales para su difusión, pues debió identificar de manera clara que iba dirigido a la militancia del PRI, la calidad de José Antonio Meade Kuribreña como precandidato, y utilizar el emblema del PRI (en este caso, el spot remite directamente a Nueva Alianza).
Respecto a la aparición de los menores de edad, la documentación que presentó el partido es insuficiente porque los consentimientos y las opiniones se otorgaron para el promocional de Nueva Alianza, en donde no se les informó que la imagen de los niños podría ser utilizada por otro partido.
Por ello, no se protegió el interés superior de las niñas y niños que participaron en el spot difundido por el partido tricolor.
En consecuencia, la Sala Especializada impuso al PRI la sanción consistente en la reducción de 1.1 por ciento de su ministración mensual de actividades ordinarias, así como una amonestación pública por incluir, de manera indebida, la imagen de menores de edad.