La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
En lo particular, se aprobó por 309 votos a favor, 146 en contra y 3 abstenciones, el dictamen de las comisiones de Gobernación y Población, y de Pueblos Indígenas. Se aceptó modificar los artículos 3º, 13 y 81, así como la adición de un Artículo Sexto Transitorio.
En términos del dictamen quedaron los artículos 5, 7, 8, 9, 10, 12, 14, 17, 20, 44, 46, 49, 51, 79 y 90 del proyecto de decreto que fueron reservados por diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI y MC.
El Pleno aceptó la reserva de la diputada Araceli Ocampo Manzanares (Morena), al artículo 3 para establecer que la interpretación y aplicación de la ley se hará de conformidad con la Constitución Política y los instrumentos internacionales en la materia, procurando la protección más amplia a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
En el artículo 81 se precisa que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas de los estados y el Congreso de la Ciudad de México incluirán, en su caso, en los presupuestos que aprueben las partidas necesarias para el ejercicio del derecho a la consulta en cumplimiento a la ley.
También, la adición de un Artículo Sexto Transitorio, para señalar que las obligaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del decreto no darán lugar a un incremento del presupuesto autorizado de los ejecutores del gasto responsable para el presente ejercicio fiscal.
Ocampo Manzanares expuso que las reservas permitirán que este instrumento pueda cumplir sus objetivos, en donde el derecho a la consulta sea garantizado en términos prácticos y accesibles, además de que consolide el desarrollo de las comunidades y el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios y afromexicanos del país.
El propósito, aseguró, es ir asignando los recursos de manera gradual y se tome en cuenta la emergencia sanitaria por la que se atraviesa. Las entidades federativas, dijo, tienen la obligación de asignar recursos a las consultas hacia los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas con cargo a su presupuesto; “no es que se esté negando, sino que debe ser gradual”.
La diputada Martha Angélica Tagle Martínez (MC) señaló que lo que se propone es que esta ley se haga sin presupuesto. “En lugar de establecer que deberán incluir, se pone que incluirán en su caso, dejando sin la obligatoriedad del presupuesto. Se establece que no habrá un aumento en la partida presupuestal a los pueblos y comunidades; se genera una ley sin presupuesto; es una simulación”.
Irma Juan Carlos, diputada de Morena, expuso que el dictamen no es una simulación, pues se han realizado consultas indígenas y el tema del presupuesto no ha sido una limitante. Con la reserva, dijo, se busca que de manera gradual las instituciones, al momento de recibir el presupuesto anual, “esto ya esté considerado; lo que no queremos es afectar la economía del país”.
Al hablar en contra, el diputado Marcos Aguilar Vega (PAN) dijo que “no entiendo cuál puede ser el fundamento después de lograr un consenso en un tema de tal prioridad para los mexicanos; no se pueden ejecutar obligaciones que hoy se consignan en este nuevo marco jurídico si no se cuentan con los recursos y presupuesto para cumplir con ellas”.
El diputado Rubén Cayetano García (Morena) explicó que con el Sexto Transitorio se establece que “las obligaciones que se generen con la entrada en vigor del presente decreto no darán lugar a un incremento en el presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto responsables para el presente ejercicio fiscal”. Afirmó que esta reserva garantiza la aplicación de esta ley sin perjuicio del pueblo de México ni de los indígenas y afromexicanos.
Ariel Rodríguez Vázquez, diputado de MC, dijo que es muy evidente que aprobar esta reserva, significaría que “amor que no se refleja en el presupuesto, es pura demagogia”, y sostuvo que “ustedes deciden si están haciendo demagogia o verdaderamente quieren cambiar algo”.
Efectos de la consulta
Se aceptó la reserva presentada por el diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe (Morena) al artículo 13, párrafo tercero, de la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de efectos de la consulta.
La modificación precisa que cuando la medida incida en más de uno de los pueblos y comunidades indígenas y/o afromexicanos, la consulta tendrá efectos suspensivos cuando así lo determine la mayoría absoluta de las asambleas, la oposición de la minoría no tendrá efectos suspensivos, pero deberán considerarse las razones de su oposición en la implementación de las medidas consultadas.
El diputado Pérez Bernabe explicó que la adición tiene la finalidad de que todas las razones sean tomadas en cuenta en la implementación de las medidas sujetas a consulta y hacer prevalecer el acuerdo de la mayoría. Busca dar continuidad a las decisiones tomadas por la mayoría de las asambleas, sin dejar de lado las razones que hayan llevado a un determinado grupo a su oposición, las cuales deben tomarse en cuenta al momento de complementarse las medias administrativas o legislativas consultadas.