La Cámara de Senadores aprobó una reforma a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para sancionar, con la revocación del permiso o concesión, a prestadores de servicios de autotransporte de pasaje, turismo, carga o transporte privado, cuando modifiquen o alteren, fuera de los parámetros de seguridad, los componentes físico-mecánicos de los vehículos que empleen.
Con 69 votos a favor, los cambios a los artículos 5 y 17 de esa norma también faculta a las autoridades federales a vigilar que los servicios de autotransporte cumplan con los aspectos normativos y de parámetros de seguridad en los vehículos.
La senadora Lucía Meza Guzmán, presidenta de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, expuso que el “gran peso” de los vehículos de transporte y el poco mantenimiento de algunas unidades los vuelve propensos a fallas, problema que se incrementa con modificaciones fuera de los parámetros de seguridad.
Por ejemplo, alterar birlos, rines y arillos puede resultar en accidentes fatales, ya que las autopartes deben de corresponder en tamaño y tipo, mientras que aquellos componentes de neumáticos y rines que no encajen o sean modificados fuera de parámetros seguros, pueden explotar y causar lesiones serias o hasta la muerte.
De acuerdo con el Anuario Estadístico de Accidentes en Carreteras Federales 2021, realizado por el Instituto Mexicano del Transporte, en ese año se registraron casi 24 mil accidentes carreteros, donde ocho mil 217 personas resultaron con heridas y tres mil 298 fallecieron.
Ante las estadísticas oficiales, los senadores coincidieron en que esta modificación legal podría contribuir a disminuir los siniestros vehiculares en el país.
La reforma a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal fue enviada a la Cámara de Diputados para su trámite legislativo.
Foto: Senado