A fin de que el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) que elabora la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sea útil a las dependencias federales y locales para garantizar el respeto a los derechos humanos de los internos, la diputada Andrea Chávez Treviño (Morena) impulsa una iniciativa.
El documento que reforma y adiciona el artículo 6 de la Ley de la CNDH, enviado a la Comisión de Derechos Humanos, propone que el análisis que hace la institución también considere las políticas públicas aplicadas sobre el respeto a los derechos fundamentales en el sistema penitenciario, así como llevar a cabo las denuncias de los actos u omisiones que adviertan faltas administrativas o violaciones a derechos humanos.
En la exposición de motivos establece que este planteamiento abre la “oportunidad a que el diagnóstico y su contenido, sean útiles tanto para alimentar el contenido de políticas públicas, como para ser el origen de denuncias o vistas, planteadas para que los hechos irregulares sean investigados a la brevedad”.
Argumenta que uno de los mecanismos previstos para proteger los derechos humanos de las personas privadas de la libertad en México, es precisamente el que faculta a la CNDH para llevar a cabo supervisiones en los centros de reinserción social del país, mediante el DNSP.
Por ello, considera fundamental que dicho diagnóstico se convierta en un instrumento valioso para prevenir violaciones a los derechos humanos y acotar los márgenes de los servidores públicos corruptos, que, bajo el halo protector de los gobiernos estatales, se sienten protegidos por la falta de supervisión o la imposibilidad de intromisión de autoridades del orden federal.
La diputada Chávez Treviño afirma que con esta iniciativa se busca garantizar los derechos humanos de los reclusos y de sus familias, ya que el registrado en el Centro de Reinserción Social (Cereso) número 3 de Ciudad Juárez, Chihuahua, no es aislado.
Menciona que de los datos del diagnóstico de la CNDH se desprende que, en 2021, de los 233 centros penitenciarios supervisados, en 44 de ellos las personas privadas de la libertad realizaban o participaban en actividades propias de la autoridad y compartían problemáticas similares.
Chávez Treviño indica que la ley de la CNDH prevé expresamente la facultad para llevar a cabo estos diagnósticos del sistema penitenciario a nivel nacional y que los resultados de este ejercicio deben ser considerados para la elaboración de políticas públicas que atiendan las violaciones a derechos humanos.
Sin embargo, nada se señala respecto a que esa misma información recabada por la CNDH deba ser informada a las autoridades investigadoras competentes, en materia de violaciones a derechos humanos y faltas administrativas a nivel local.
Agrega que esta adición permitirá que se cumpla con el espíritu de la ley de la CNDH que promueve que las denuncias por violaciones a derechos humanos sean formuladas por cualquier persona y alienta la cooperación de los servidores públicos en el desempeño de las funciones de este organismo
Foto: Cámara de Diputados