Cámara de Diputados aprobó reformas en materia de espacios cien por ciento libres de humo de tabaco

Por 415 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General para el Control del Tabaco, en materia de espacios cien por ciento libres de humo y emisiones y la eliminación de la publicidad.

El documento, remitido al Senado para sus efectos constitucionales, busca proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios cien por ciento libres de humo de tabaco y emisiones.

Define estos espacios como aquellas áreas físicas con acceso público, a todo lugar de trabajo, transporte público o área de concurrencia colectiva, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina.

El espacio de concurrencia colectiva será todo aquel destinado al acceso público para el desarrollo de actividades deportivas, artísticas, culturales y de entretenimiento, tanto en el ámbito público como en el privado, independientemente de si está cubierto por un techo, confinada por paredes o que la estructura sea permanente o temporal.

Los lugares de trabajo serán los utilizados por las personas durante su jornada laboral; incluye no sólo en donde se realiza el trabajo sino todos los conexos y anexos que los empleados suelen utilizar, así como los vehículos que usan mientras se realiza el trabajo.

En tanto, el transporte público será aquel vehículo, individual o colectivo, que circule por tierra, aire o agua utilizado para transportar personas generalmente con fines comerciales, laborales, escolares u otros; incluye terminales, estaciones, paradas y otras instalaciones de mobiliario urbano conexo.

Prohíbe cualquier tipo de publicidad y promoción de productos elaborados con tabaco, a través de cualquier medio de comunicación y difusión que pretenda posicionar los elementos de la marca de estos que fomente alguna preferencia.

También queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido algún producto del tabaco y nicotina en los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, zonas de concurrencia colectiva, escuelas públicas y privadas de todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría de Salud.

Menciona que esta dependencia pondrá en operación una línea telefónica de acceso gratuito para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias sobre los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, así como el incumplimiento de esta Ley, reglamentos y demás disposiciones aplicables.

En su régimen transitorio se establece un plazo de 60 días posteriores a la publicación del decreto para que los propietarios, administradores o responsables de los establecimientos o lugares con acceso al público, áreas de trabajo, públicas y privadas, ubiquen las zonas exclusivas para fumar en espacios no interiores al aire libre.

Además, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios deberán adecuar sus leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, de acuerdo con las competencias que a cada uno corresponda, para que sean congruentes con lo dispuesto en el decreto.

Lograr una disminución efectiva en el consumo de tabaco

En la fundamentación del dictamen, la presidenta de la Comisión de Salud, diputada Miroslava Sánchez Galván (Morena), reconoció a las y los legisladores que presentaron iniciativas que buscan custodiar la salud en el país.

Indicó que se garantiza el derecho a la salud, a través de un ambiente sano, para que niñas y niños puedan disfrutar y desenvolverse en un espacio cien por ciento libre de tabaco, y proveer un marco jurídico que genere un cambio sustancial en favor de su salud.

“Es momento de que logremos una disminución franca y efectiva en el consumo de tabaco, por ser la principal causa de mortalidad evitable”, añadió.

Expuso que en 2020 se estimaba que era la causa del 12 por ciento de todas las muertes a nivel mundial; ese porcentaje es mayor que el de las muertes causadas por VIH-Sida, tuberculosis, mortalidad materna, accidentes automovilísticos, homicidios y suicidios en conjunto.

En México, dijo Sánchez Galván, en menos de dos décadas el número de fumadores se incrementó de 9 a 13 millones de personas, y las enfermedades asociadas al tabaquismo matan a más de 53 mil personas cada año, es decir, 147 cada día.

Las defunciones, añadió, representan el 10 por ciento de las muertes en el país; la edad de inicio es cada vez menor y el consumo en las mujeres también se ha incrementado en las últimas décadas, tendiendo a ser igual o mayor que los hombres.

Mencionó que, adicionalmente, más de una tercera parte de los habitantes de México están expuestos al humo de tabaco y en la región centro del país el porcentaje se acerca a la mitad. De acuerdo con el Inegi, el porcentaje de personas de 10 a 19 años que consume tabaco fue del 5.1 por ciento, mientras que para el caso de la población de más de 20 años, llegó al 19.9 por ciento.

Los costos de la atención médica de las enfermedades atribuibles al tabaco superan en la actualidad los 90 mil millones de pesos; esto es más del doble de lo que se recauda por el Impuesto Especial; los costos directos representan el 8 por ciento del gasto en salud y el 0.4 por ciento del PIB; los costos indirectos, debido a la pérdida de productividad, podrían ser hasta tres veces mayores.

La diputada Miroslava Sánchez indicó que si bien faltan más acciones, “es momento de sentar precedentes y poner fin a las ventajas que se habían venido construyendo, en detrimento de los derechos de las y los ciudadanos; es una victoria de todas y todos, porque la salud no tiene colores”.

Foto: Cámara de Diputados

abril 29, 2021 - 2:45 pm

Por: Staff

Nacional

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