Como inaceptable e inadmisible, califican organizaciones de víctimas y promotoras de la seguridad vial, la acción de inconstitucionalidad que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla ha promovido ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra 6 artículos de la recientemente aprobada Ley Estatal de Movilidad y Seguridad Vial, que fue admitida con el expediente 1/2024.
Con esta acción la Comisión pretende invalidar los artículos sobre retiro de la licencia de conducir a personas que conducen en estado de ebriedad y la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros para proteger a víctimas afectadas por siniestros de tránsito.
Este litigio podría producir un precedente negativo y un grave retroceso para la garantía del derecho constitucional a la movilidad de todas las personas “en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad” establecido en el artículo 4 de nuestra Carta Magna y en la propia Constitución del Estado de Puebla en su artículo 12.
Esta es la primera acción jurídica en contra de las leyes que más de 107 organizaciones agrupadas en la Coalición Movilidad Segura han impulsado en México para garantizar el derecho a la movilidad segura. Las organizaciones hacen un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se pronuncie sobre la improcedencia de esta acción de inconstitucionalidad y establezca un precedente que prevenga futuras interpretaciones o acciones jurídicas contrarias al artículo cuarto constitucional y a los compromisos internacionales de los que México es parte.
“Es inaceptable que un organismo de defensa de los derechos humanos actúe contra la regulación y legitime conductas que en nuestro país causan la muerte a 16 mil personas cada año, provocando profundo dolor a familias, y afectando directamente a nuestra niñez. Llamamos a todas las personas defensoras de derechos humanos en México a ponerse al día sobre la construcción del derecho a la movilidad segura, a prepararse para su defensa y a considerar la evidencia científica y las mejores prácticas nacionales e internacionales que han funcionado para proteger y promover este derecho.” señaló Alejandra Leal, Coordinadora nacional de la Coalición Movilidad Segura.
“El actuar de la Comisión de Derechos Humanos del estado de Puebla está en abierta contradicción con el derecho humano a la movilidad segura y en especial en contra de las
víctimas de siniestros de tránsito, a quienes sin duda no contempló en sus argumentos, dejando de lado sus derechos y posicionándolas en un estado de indefensión inaceptable.” dijo Paola Lara, coordinadora de la Red de abogadas y abogados por la movilidad segura.
“Nadie en la Federación Iberoamericana contra la Violencia Vial queríamos ser activistas, ninguna de las familias que todos los días salimos a pedir ‘no más muertes viales’, ninguna de las víctimas viales queremos que se nos romantice como víctimas que luchan desde el dolor y la ausencia. Somos activistas porque alguien decidió conducir en estado de ebriedad, a exceso de velocidad, sin ninguna responsabilidad ni sanción, lo que condujo a la dolorosa muerte de nuestros familiares. Hemos trabajado por leyes que garanticen nuestros derechos porque queremos que ninguna persona sufra lo que hemos sufrido. Esas disposiciones son las que la Comisión poblana busca desaparecer. Es increíble e indignante que sea una institución creada para garantizar derechos, quien actúe para violentarlos. Nos ha fallado el sistema, que no nos falle la defensa de nuestros derechos” expresó Alma Chávez Guth, presidenta de FICVI.
“Cada día que se tome en la revisión de la constitucionalidad de los artículos citados, el Estado de Puebla no tendrá el sustento para actualizar sus reglamentos de tránsito y actuar en defensa de la salud y la vida de las personas en nuestra Entidad. Es inadmisible dejar desamparadas a las personas.” subrayó Liz Mejorada, integrante de Manu Vive, A.C.
“Es de extrañar y doloroso ver que el derecho humano a la movilidad segura está consagrado en la Constitución y la CDHP lo ignora. El seguro obligatorio tiene un carácter social al cumplir con la tarea de no dejar a las víctimas de siniestros de tránsito en la indefensión por seis pesos diarios. Suspender la licencia a una persona que conduce en estado de ebriedad es una sanción justa para quien pone en peligro la vida de las personas en las calles, especialmente de las principales víctimas, que son las más jóvenes y vulnerables. Manu Vive A. C. defiende el derecho a la vida trabajando por ciudades más humanas. Confiamos plenamente en la SCJN.” dijeron Luz del Carmen Zenteno y Ramón Vara de Manu Vive A.C.