El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), encabezado por el Comisionado Presidente Francisco Javier García Blanco y las Comisionadas Propietarias Harumi Fernanda Carranza Magallanes y Claudette Hanan Zehenny, llevó a cabo la primera sesión ordinaria de pleno, en la cual fueron resueltos 9 recursos de revisión y 20 denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.
Dentro de los asuntos generales, fue aprobado el esquema de suplencias de los Comisionados en caso de licencia o ausencia temporal, delegando en otro su representación para la tramitación y firma de los asuntos de su competencia.
En cuanto a los recursos de revisión, en el expediente RR-0521/2021, el pleno determinó revocar la respuesta emitida en los párrafos primero y tercero de la solicitud a fin de que la Secretaría de Gobernación entregue los documentos solicitados.
En el RR-0533/2021, se determinó sobreseer en lo relativo a los actos impugnados de los puntos 1.4.a, párrafos séptimo y octavo y 1.4.b, párrafo tercero y revocar la respuesta emitida por el Ayuntamiento de San Pedro Cholula a fin de que entregue las versiones públicas de los documentos solicitados.
Fue revocado el acto impugnado en el RR-528/2021, a efecto de que la Secretaría de Seguridad Pública otorgue lo requerido en los puntos 1, 2 y 3 de la solicitud, relacionada con los índices de expedientes clasificados como reservados, pruebas de daño, actas del comité de transparencia, entre otros.
De igual forma, el pleno revocó el acto impugnado en el RR-0604/2021, por lo que el Ayuntamiento de San Gregorio Atzompa, deberá enviar al recurrente copia de toda la documentación correspondiente al tema de la definición de límites territoriales entre el municipio en comento y San Andrés Cholula.
Fue confirmada la respuesta en los expedientes RR-0006/2021 y su acumulado, así como RR-0602/2021 y sobreseídos los RR-0446/2021, RR-0610/2021 y RR-0681/2021.
En cuanto a las denuncias, en la DOT-618/AYTO VENUSTIANO CARRANZA-01/2020 se acusó el incumplimiento del Ayuntamiento de Venustiano Carranza a la obligación establecida en el artículo 77, fracción XII, respecto a los cuatro trimestres del ejercicio 2020, por lo que el pleno la declaró fundada.
En la DOT-01/AYTO ATEMPAN-01/2021 y su acumulado, se denunció el incumplimiento del Ayuntamiento de Atempan a las obligaciones generales de transparencia establecidas en el artículo 77, fracciones IX y XV, de la ley en la materia, por lo que se determinó sobreseer lo relativo a la DOT-02/AYTO ATEMPAN-02/2021 y declarar fundada la DOT-01/AYTO ATEMPAN-01/2021.
Fue declarada fundada la DOT-993/AYTO NOPALUCAN-14/2021 interpuesta en contra del Ayuntamiento de Nopalucan por su incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia marcadas en el artículo 77, fracción XXVIII, formato A.
Al mismo ayuntamiento, en el expediente DOT-1107/AYTO NOPALUCAN-16/2021 y sus acumuladas, el pleno determinó declararla fundada al acreditarse que no cumplió con la publicación de sus obligaciones de transparencia establecidas en el artículo77, fracciones XXVIII, formato B, primer y segundo trimestre de dos mil veintiuno, XXXIV, formato A, primer y segundo semestre de dos mil veintiuno, XXXIV, formato D, primer y segundo semestre de dos mil veintiuno, XXXVII, formato A, ejercicio dos mil veinte, XXXIX, formato A y B, primer y segundo semestre de dos mil veintiuno, XII, primer y segundo trimestre de dos mil veintiuno, XLIII, formato A, primer y segundo trimestre dos mil veintiuno, XXXI formato A, ejercicio dos mil veinte, XXV, todos los periodos, IV, ejercicio dos mil veintiuno y XXXV, formato A, primer y segundo trimestre de dos mil veintiuno y artículo 83 fracción VI, todos los periodos.
Relativo a la DOT-1163/AYTO XIUTETELCO-02/2021 y sus acumulados, interpuesta al Ayuntamiento de Xiutetelco por el incumplimiento a diversas obligaciones de transparencia, se determinó declarar fundadas únicamente las denuncias DOT-1174/AYTO XIUTETELCO-09/2021, DOT-1175/AYTO XIUTETELCO-10/2021 y DOT-1176/AYTO XIUTETELCO-11/2021, respecto al artículo 77, fracción XXXIV, formatos A, B, C, D, E, F y G.
En la DOT-158/AYTO CAÑADA MORELOS -06/2020 y sus acumulados, se denunció el incumplimiento del Ayuntamiento de Cañada Morelos al artículo 77, fracciones VIII, II, formato B, III, XVII, VI, XXXI, formato A, XLIII, formato B, I, XXXII y XXI, formato C y XXIV; por lo que se declaró fundada.
Se declaró fundada la DOT-1229/AYTO SAN MIGUEL XOXTLA-04/2021 promovida en contra del Ayuntamiento de Venustiano Carranza por incumplir al artículo 77, fracción XLV, todos los periodos.
En la DOT-0619/AYTO VENUSTIANO CARRANZA-02/2020, se denunció el incumplimiento del Ayuntamiento de Venustiano Carranza a la obligación de transparencia marcada en el artículo 77 fracción XII, todos los periodos del dos mil veinte, por lo que el pleno la declaró fundada.
Los Comisionados se pronunciaron por declarar fundada la DOT-1192/AYTO QUECHOLAC-01/2021, ante el incumplimiento del Ayuntamiento de Quecholac al artículo 77 en su fracción XLV de la Ley en comento.
Fue declarada fundada la DOT-1236/ASEP-11/2020 al acreditarse el incumplimiento del Ayuntamiento de Tzicatlacoyan al artículo 77 fracción XLV respecto de todos los periodos.
De igual forma, se declaró fundada la DOT-1290/AYTO PUEBLA-05/2021, interpuesta al Ayuntamiento de Puebla por incumplir a la obligación de transparencia marcada en el artículo 77 fracción VII de la Ley en la materia, respecto de todos los periodos.
Finalmente, fueron declaradas sobreseídas las denuncias DOT-1195/AYTO TEOPANTLAN-19/2021 y DOT-1217/AYTO TEOPANTLÁN-38/2021 e infundadas las denuncias DOT-286/AYTO ACATLÁN-05/2020, DOT-1158/AYTO TEPANCO DE LÓPEZ-21/2021, DOT-1178/AYTO ZAUTLA-05/2021 y su acumulado, DOT-1205/AYTO TEOPANTLÁN-29/2021, DOT-1206/IPD-01/2021, DOT-1270/UPMP-01/2021, así como DOT-1306/ITAIPUE-21/2021.