Desecha TEPJF queja de Barbosa sobre violencia política (VIDEO)

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación que el candidato Luis Miguel Barbosa Huerta presentó en contra de la resolución electoral por la cual se le prohíbe reducir la participación política de la panista Martha Erika Alonso Hidalgo a un supuesto intento de reelección del ex gobernador Rafael Moreno Valle, su esposo.

En la resolución, los magistrados determinaron que el recurso presentado por el abanderado de la alianza Juntos Haremos Historia (Morena-PT-Encuentro Social) sea turnado al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para que determine la procedencia del mismo.

La impugnación sobre la resolución del Instituto Electoral del Estado (IEE) fue presentada por Barbosa Huerta el pasado 22 de mayo.

En su argumentación, el senador con licencia dijo que nunca ha realizado expresiones misóginas en contra de la candidata de la alianza «Por Puebla al Frente».

En otra orden de ideas, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, que preside el magistrado Fernando Chevalier Ruanova, aprobó por mayoría de votos sanción en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por publicidad electoral en bardas en apoyo al candidato a la gubernatura de Puebla, Enrique Doger Guerrero, toda vez que el demandado argumentó desconocer dichos actos.

La queja la presentó Carlos Sebastián Pérez, quien proporcionó 4 fotos en contra de Doger Guerrero por colocar propaganda en su propiedad en Tetela de Ocampo, Puebla donde se acreditó la existencia y se destacó la leyenda y logotipos del partido del PRI, asimismo por la colocación de rótulos en bardas de la autopista México-Puebla el 27 de marzo, en periodo de intercampaña, las cuales debieron ser retiradas después de 7 días, como no se hizo, se declaró amonestación en contra del partido político y no existe responsabilidad por parte del candidato Enrique Doger debido a que declaró bajo juramento desconocer dichos actos.

La propaganda denunciada se impugnó de forma directa al partido, ya que el candidato se deslindó de la existencia por responsabilidad indirecta.

El recurso de apelación promovido por Rafael Alejandro Micalco Méndez quien impugnó la resolución promovida el 24 de febrero del presente año por la comisión anticorrupción del PAN donde se pidió sanción inhabilitándolo por tres años para no ejercer acciones partidistas por supuestos actos de corrupción, se declaró infundada la solicitud de sanción.

Los magistrados propusieron revocar la solicitud debido a que no se localizó en domicilio que Micalco proporcionó y que se ha realizado de su conocimiento a través de correo certificado, medio que no es válido para tal acción.

Por ello al no encontrarse, el actor debe señalar un domicilio nuevo en un lapso de 5 días para presentarse a audiencia en la sede de orden de disciplina y en 10 días dictar la resolución final.

El Tribunal Electoral declaró legalizar planilla “Cholula Despierta” del candidato independiente Mario Tello para participar en el proceso electoral del ayuntamiento de San Pedro Cholula.

Con relación a la solicitud de registro de Violeta del Pilar Lagunes Viveros se declaró como improcedente y se desechó el medio de impugnación.

Foto: Es Imagen / Jafet Moz

mayo 31, 2018 - 12:00 am

Por: Laura Hernández Villagrán

Política

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