Aun cuando son los propios colegas quienes ofrecen una perspectiva real sobre el impacto de las investigaciones, los reflectores siguen enfocando a quienes más publican.
Existen múltiples presiones al momento de producir actividad académica relevante. El historial de publicaciones propias puede hacer la diferencia en la aplicación a un posgrado, a un trabajo o a una beca para realizar una investigación. Si bien son los pares quienes juzgan mejor el desarrollo de conocimientos, los despachos administrativos privilegian el factor cuantificable: entre más publiques, mejor.
La producción científica requiere de la colaboración entre investigadores e instituciones patrocinadoras. Estas suelen basar sus criterios para el auspicio de proyectos en que la obra cuente con el rigor académico (reflejado en la cantidad y calidad de la bibliografía referida) necesario para su inclusión en revistas y portales de alto prestigio científico.
Las publicaciones representan la consagración del trabajo de investigación. Como advirtió Ricardo Villegas Tovar a los asistentes del Congreso de Lectura y Escritura (CONLES) 2021, el investigador está condenado a publicar o a perecer, lo que podría conducir a un acto de deshonestidad académica.
Algunas de los tipos de deshonestidad académica más comunes son el plagio, la fabricación de datos, el parafraseo excesivo y la citación inadecuada. Dado que en México no existe una acepción jurídica para el plagio, a esta práctica se aplica una serie de derechos morales adjudicables a las obras con autoría. Así, la figura de derecho de paternidad equivale a la citación.
Los derechos de autor, que son el conjunto de virtudes encaminadas a la protección de las obras literarias, artísticas y científicas, también operan de manera diferenciada para la academia. Mientras que una violación a este derecho agravaría a la persona que genera los conocimientos, la deshonestidad académica implica un fraude a la institución patrocinadora y al ejercicio mismo de investigación.
Estas actitudes se circunscriben en lo que Villegas Tovar denominó el “triángulo del fraude”: existe un incentivo para cometer la falta que se ve impulsado por los altos índices de impunidad y la omisión generalizada de la ética profesional. Esto puede conducir a tratos engañosos con revistas predatorias, las cuales cobran los derechos de publicación a los autores bajo la promesa falaz de un indizado en servicios secundarios internacionales.
Dentro del gremio de la investigación es sabido que la deshonestidad académica no es sancionada con la severidad que debería. La hipótesis del experto es que las instituciones no cuentan con normativas internas para investigar y castigar estas faltas. Además, especuló, puede existir un temor al escándalo mediático en el que podría sumirse la propia institución.
Respuestas a este fenómeno se encuentran en los repositorios abiertos de datos para investigación, la discusión pública de contenidos y los detectores de plagios disponibles en internet. “Cuando se obliga al autor a compartir los datos sabe que está ante el escrutinio público de los investigadores que podrán corroborar si hay falsedad de datos”.
De igual manera, los acuerdos de transferencia de derechos de autor, que se firman entre autores y editoriales, fungen como un juramento de veracidad. Así, el autor se convierte en una figura que obtiene el reconocimiento social, pero también quien se responsabiliza totalmente de lo que se publica y las consecuencias que tendrá.
Para Ricardo Villegas, el objetivo no debe ser la publicación, sino la generación de conocimiento. Los investigadores en formación deben aprender que agrandar las hojas de vida no sustituye a las aportaciones reales que pueden realizarse a la disciplina correspondiente y a la sociedad en su conjunto. “En la medida en que nosotros prestemos atención a nuestros trabajos y seamos muy insistentes en el desarrollo de habilidades lectoescritoras se irán reduciendo estos actos”.