El Diario Oficial de la Federación publicó este lunes el decreto que modifica el artículo 30 de la Constitución Política, en materia de nacionalidad por nacimiento.
La reforma, aprobada por el Congreso de la Unión y avalada por 21 legislaturas estatales establece que también serán mexicanos por nacimiento quienes “nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano».
El decreto entrará en vigor este martes 18 de mayo.
Con esta modificación se reconoce el derecho a la nacionalidad mexicana de las hijas e hijos de padres mexicanos o de madre o padre mexicanos, sin importar que hayan nacido en el territorio nacional o en el extranjero, protegiendo con ello su derecho de identidad.
Foto: Cámara de Diputados