La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos y con la ausencia justificada de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó constitucional la prórroga del cargo de los titulares del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena.
En sesión pública presencial, la Sala Superior rechazó, por mayoría de votos, el proyecto propuesto por la magistrada Janine Otálora Malassis en lo relativo a declarar inconstitucional la prórroga de la presidencia y secretaría general del CEN ya que, de entre otras cuestiones, no observó el principio de periodicidad en la elección de sus órganos internos.
La controversia se originó en virtud de que diversas personas militantes de Morena acudieron ante la Sala Superior, argumentando que la citada prórroga es inconstitucional, en tanto que implica una violación a los principios de elecciones libres, auténticas y periódicas, de votar, de certeza y de democracia.
Asimismo, el pleno consideró por mayoría de votos, con el voto en contra del magistrado Indalfer Infante Gonzales, que el último párrafo del artículo 64 del estatuto de Morena es contrario al principio de proporcionalidad de las penas, porque no permite la posibilidad de individualizar la sanción atendiendo a la gravedad de la infracción.
En consecuencia, se declaró la invalidez del último párrafo del artículo 64 del estatuto de Morena, ya que el establecimiento de una sanción fija por cometer actos de violencia política de género es inconstitucional (SUP-JDC-1471/2022 y acumulados).