El diputado federal, Marco Antonio Mendoza Bustamante presentó una iniciativa que reforma el artículo 19 de la Constitución, que busca eliminar la prisión preventiva de oficio, dejando únicamente la justificada, y garantizar el respeto a los derechos humanos de cualquier persona sujeta a un proceso, en el cual se garantice el debido proceso, así como su presunción de inocencia.
En su fundamentación, el integrante del Grupo Parlamentario del PRI expuso que con esta reforma se dejaría de utilizar este recurso legal de manera automática y obligaría a la persona titular de la fiscalía a analizar los casos y valorar la situación de la persona imputada para determinar si existe o no una necesidad real de su imposición.
Precisó que el proyecto de decreto propone que ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará.
El delito que se impute al acusado, el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
Además, el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, investigación, protección de la víctima o de los testigos, así como cuando esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.
El legislador priista argumentó que actualmente el uso sistemático de la prisión preventiva se ha transformado en una violación a los principios fundamentales del sistema penal, porque, detalló, la autoridad en lugar de investigar y obtener pruebas para establecer la posible responsabilidad de una persona, la utiliza olvidándose del caso y sometiéndola a la pena anticipada.
Indicó que esto ha originado un incremento considerable en el número total de tipos penales sujetos a prisión preventiva, se estima que existen 225 mil 628 personas privadas de su libertad, de éstas 93 mil 227 no han sido todavía condenadas por un delito. Recalcó que la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia de 2008 dejó atrás el sistema mixto para introducir uno de corte acusatorio.
Recordó que el principio de presunción de inocencia en materia procesal penal impone la obligación de arrojar la carga de la prueba al acusador. Por ello, Mendoza Bustamante recomendó que la prisión preventiva, debe ser vista como algo excepcional, donde las personas puedan llevar su proceso bajo medidas cautelares, que no afecte su entorno de manera grave, salvo que sea necesario.