El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que la reforma a algunos artículos de la constitución de Puebla en la que señala que quien gane la elección de la Gubernatura deberá rendir protesta ante el Tribunal Superior de Justicia y no frente al Pleno del Congreso local, no vulnera la Carta Magna federal.
“No se trata de una modificación normativa fundamental, en tanto que no produce una alteración al marco jurídico aplicable a dicho proceso”, indica la opinión que aprobó el pleno de la Sala Superior en sesión privada, el 30 de septiembre pasado.
“La manera en que la persona electa para ocupar la gubernatura estatal rinda la protesta del cargo no tiene efecto alguno en el proceso electoral que actualmente se desarrolla en el Estado de Puebla”, establece.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la dirigencia nacional de Morena demandó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidar las reformas a los artículos 57, 61 y 75 de la Constitución de Puebla, aprobadas el pasado 30 de julio, que permiten al ganador de los comicios para gobernador rendir protesta únicamente ante el presidente Tribunal Superior de Justicia de la entidad y no ante al Congreso.
El ministro José Fernando Franco González Salas admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del estado de Puebla, y para analizar el asunto y determinar la constitucionalidad o no de la reforma.
Con base en ello, solicitó a la presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación expresar por escrito su opinión en relación con la demanda.
Asimismo, requirió al Congreso local copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado, incluyendo las iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes y las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado.
También, los respectivos diarios de debates; mientras que al Poder Ejecutivo de la entidad le requirió exhibir un ejemplar del Periódico Oficial de la entidad, en el que conste la publicación del decreto legislativo impugnado, mientras que al presidente del Instituto Electoral del Estado de Puebla le solicitó la fecha en que inicia el próximo proceso electoral en la entidad.
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