Interés superior de la niñez en el quehacer de los Sipinna municipales

Los Sistemas Municipales de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) y sus Secretarías Ejecutivas (SE), tienen la función de asegurar una adecuada protección de los derechos de la población de 0 a 17 años en sus territorios.

Los Sipinna municipales se encargan de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, y tienen a su cargo la coordinación operativa y articulación de las instituciones que integran los sistemas.

Las acciones de los Sipinna municipales y de sus SE, se basan en el mandato del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece: “en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, que garantice de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

Durante la sesión de la Comisión de Secretarías Ejecutivas del Sipinna de Chihuahua, el subdirector de Promoción de los Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes de la SE del Sipinna nacional, Joaquín Torres Acosta, explicó que los sistemas municipales deben enfatizar la corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia en la protección, promoción y atención de los derechos de la niñez y adolescencia en sus territorios.

Torres Acosta subrayó que los municipios, las instituciones que integran los Sipinna locales y sus SE, requieren un trabajo participativo y colaborativo con conocimiento pleno y claro de lo que les toca hacer a cada uno.

El servidor público destacó que este sector de la población necesita contar con redes y niveles claros de corresponsabilidad, con roles definidos de cada institución y autoridad, directorios y protocolos, etc., para lo que es necesario contar con apoyo de la comunidad, instituciones y familias, además de recibir apoyo de las autoridades de primer contacto con niñas, niños y adolescentes a fin de cubrir sus necesidades.

Destacó que, se debe integrar la participación de niñas, niños y adolescentes en un proceso permanente y continuo de expresión libre e intervención activa, donde deben ser informados, escuchados y tomados en cuenta en todos los asuntos que les impactan en cualquiera de los ámbitos de su vida.

Con este marco del interés superior de la niñez, las políticas y acciones de los Sipinna municipales y sus SE, podrán garantizar, de manera universal y especializada, los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes cuando les sean vulnerados, tanto en su enfoque de protección como de restauración.

agosto 8, 2022 - 5:15 pm

Por: Staff

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