Gilberto Higuera Bernal, encargado de Despacho de la Fiscalía General del Estado de Puebla y Fiscal de Investigación Metropolitana, informó que determinó emitir una circular para regular lo relativo al procedimiento y a los plazos que utiliza la Institución para asegurar y regresar a sus propietarios los vehículos que se ven involucrados en algún evento de tipo delictuoso. “El propósito es evitar largos plazos, repercusiones económicas a la población y sobre todo a los dueños de estas unidades motrices. Además se evitarán actos de corrupción al interior de la Fiscalía”, subrayó.
Profundizó que en los depósitos de la Fiscalía solo se puede cobrar conforme a la Ley, no según el criterio de algún funcionario. “Hemos iniciado conversaciones con las autoridades locales, municipales y federales, para que se haga un procedimiento coordinado para que los vehículos sean trasladados preferentemente a los depósitos de la Fiscalía, para que los cobros sean razonables y congruentes para atender este problema”, reveló.
Los lineamientos para la devolución de vehículos son:
1. La corporación policial deberá poner a disposición el vehículo de inmediato, notificando al agraviado. El Agente del MP ordenará inmediatamente la inspección ocular y toma de calcas; los agentes de la Policía de Investigación y/o peritos se trasladarán al lugar en el que se encuentre el vehículo. (Plazo máximo: 1 día)
2. El agraviado o su representante legal deberán acreditar la propiedad con:
a. Factura o carta factura de la unidad.
b. Tarjeta de circulación.
c. Identificación oficial.
d. En su caso, poder notarial o acta constitutiva en la que consten las facultades de representación del compareciente.
3. El agente del MP enviará por correo electrónico una petición al Centro de Información, para consultar la situación actual del vehículo en Plataforma México.
4. El dictamen en materia de identificación vehicular deberá rendirse en un plazo máximo de un día.
5. El dictamen pericial deberá integrarse a la carpeta de investigación y previo análisis de la documentación correspondiente, se emitirá el acuerdo de devolución de vehículo, si es procedente, en el plazo de un día.
6. De no ser procedente la devolución del vehículo, se emitirá un acuerdo debidamente fundamentado, que se notificará al agraviado o a quien legalmente lo represente y se continuará la investigación.
En el caso de que los vehículos asegurados sean de carga y contengan bienes perecederos, se agilizará el trámite y se podrá devolver la mercancía previa acreditación de la propiedad.
Con las medidas anunciadas, en un plazo que no exceda de 5 días hábiles, se procederá a la devolución del vehículo, desde luego respetando las reglas exigidas para vehículos involucrados en hechos de tránsito o en otros hechos delictivos que impliquen intervención pericial.
A través del «Comité de Seguimiento para la Devolución de Vehículos Asegurados de la FGE”, se revisará el cumplimiento de estos lineamientos; cualquier falta será motivo de las sanciones establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y en su caso, las del Código Penal del Estado, destacó el fiscal de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Ulises Sandal Ramos Koprivitza.
Este programa de la Fiscalía General busca mejorar el servicio a favor de la ciudadanía, ya que permitirá reducir gastos de corralón y tramitología.
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