El senador Salomón Jara Cruz presentó una iniciativa para establecer que los delitos por corrupción sean imprescriptibles, a fin de que el vencimiento de los plazos legales establecidos no sea un obstáculo para aplicar las sanciones correspondientes.
Con la modificación a los artículos 109 y 114 de la Constitución, se garantiza que los ilícitos contra la administración pública o el patrimonio del país no queden impunes, toda vez que la magnitud, gravedad, trascendencia y efectos de tales acciones tienen un impacto determinante en la institucionalidad y en el desarrollo democrático del Estado, afirmó el promovente.
El legislador de Morena indicó que la legislación actual señala que los plazos de prescripción van de cuatro a ocho años; al decretar la imprescriptibilidad de los delitos por hechos de corrupción coadyuvaría a cumplir las recomendaciones y estándares internacionales para desincentivar la comisión de este tipo de conductas, así como y proveer mejores condiciones para llevar ante la justicia a las y los presuntos responsables.
Jara Cruz indicó que las modalidades en que los actos de corrupción pueden manifestarse son: ejercicio ilícito del servicio público, abuso de autoridad, coalición de servidores públicos, uso Ilícito de atribuciones y facultades, así como el pago y recibo indebido de remuneraciones de los servidores públicos, la concusión, intimidación y el ejercicio abusivo de funciones, enriquecimiento ilícito, entre otras.
Refirió que, de acuerdo con el Informe de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, de la Fiscalía General de la República, del 11 de marzo de 2019 al 10 de marzo de 2020, la Fiscalía tiene 656 carpetas de investigación relacionadas con posibles hechos de corrupción de funcionarios y exfuncionarios pertenecientes a 11 dependencias de gobierno, al Poder Judicial Federal y al gobierno de Veracruz.
Es necesario impulsar reformas que eliminen la temporalidad para investigar, sancionar y resarcir los daños ocasionados a la sociedad, sin importar que hayan sido ejecutados por funcionarios públicos o particulares, concluyó.
La iniciativa que reforma los artículos 109 y 114 de la Constitución, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y, de Estudios Legislativos, Segunda.