Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron aplicar una amonestación contra la candidata a la gubernatura de Puebla por la coalición “Por Puebla al Frente”, Martha Erika Alonso, por incurrir en actos anticipados de campaña y también estableció una multa para el partido Compromiso por Puebla (CPP) de 806 mil pesos, por transmitir un spot en tiempos no permitidos por la ley.
Este sentencia se determina por la transmisión extemporánea de un spot de televisión en el periodo de intercampaña, donde tanto las dirigencias estatales del PRI y Morena, acusaron que se trataba de un acto anticipado de campaña.
Entre los argumentos de los magistrados para aplicar esta sanción, está el hecho de que los escritos que Martha Erika Alonso presentó ante el TEPJF ctoral para deslindarse de la transmisión de los spots no fueron «oportunos, idóneos y eficaces».
Además, no se presentaron ante la Comisión de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral (INE), órgano que se encarga de pautar los materiales propagandísticos de los partidos, precandidatos y candidatos.