El Patronato legalmente constituido de la Fundación UDLAP aclara la situación al interior de la casa de estudios, especialmente en el contexto del inicio del ciclo académico
A través de un comunicado, el nuevo Patronato aclara que son falsas y tendenciosas las versiones sobre el estatus legal de la Universidad de la Américas y de su fundación rectora y desmenuza el caso hasta el día hoy
La crisis institucional en las fundaciones Mary Street Jenkins y UDLAP inició a partir de que se libraran, en el ámbito federal, órdenes de aprehensión en contra de los integrantes de los respectivos Patronatos, por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero), refiere el nuevo patronato.
La imposibilidad física y jurídica de ejercer sus atribuciones provocó que la Junta de Asistencia Privada del Estado de Puebla (Junta) procediera a su sustitución inmediata. Estas determinaciones no han sido revertidas por ninguna autoridad competente. La Junta, como es su deber legal, ha coadyuvado activamente en la causa penal federal, con el único propósito de procurar la voluntad fundacional de estas instituciones de asistencia privada.
El nuevo Patronato, se lee en el texto de marras, realizó diversas auditorías a dichas fundaciones y encontró irregularidades graves. Se interpusieron, en consecuencia, las acciones civiles, administrativas y penales pertinentes para garantizar la integridad del patrimonio de las fundaciones. En el marco de estas actuaciones, un juez civil ordenó que la UDLAP quedara bajo la posesión, custodia y administración del nuevo Patronato.
La Universidad no fue tomada de manera violenta. La fuerza pública actuó en colaboración de una autoridad judicial para notificar y velar por el cumplimiento de una orden legalmente emitida, especialmente para prevenir que continuara el robo de archivos, sistemas y equipos cometido por el personal administrativo de la UDLAP. Estos hechos fueron denunciados en su oportunidad.
Para garantizar la seguridad de las instalaciones, el Patronato determinó sustituir a la empresa privada que prestaba el servicio, debido a que carecía de las autorizaciones mínimas y necesarias bajo la normativa aplicable. En ningún momento se ha limitado el acceso a profesores, estudiantes o trabajadores. La empresa privada no cuenta con elementos armados.
En el curso de las auditorías practicadas, el Patronato constató que la Rectoría de la UDLAP había incurrido en diversas conductas presuntamente ilegales, tales como el uso de empresas “fachada” para extraer recursos de la Universidad en beneficio propio. Incluso, se detectó que el “Estatuto Orgánico” de 2008 fue emitido y aplicado en contravención del procedimiento que prevé la Ley vigente. Desde entonces, se han realizado actos viciados de validez que afectan las actividades administrativas, académicas y profesionales. El Patronato trabaja en remediar estas irregularidades.
“La decisión de sustituir la Rectoría de la UDLAP se adoptó para evitar que se consume la comisión de delitos en perjuicio del patrimonio de las instituciones de asistencia privada, así como para garantizar la continuidad de su misión social. Este Patronato y el Rector designado, en ningún momento han entorpecido las actividades de la Universidad. La Rectoría depuesta, sus socios e incondicionales -bajo investigación e imputación penal-, se han negado a cumplir con determinaciones judiciales y administrativas válidas, y boicotean constantemente el funcionamiento normal de la Universidad en perjuicio de la comunidad académica y estudiantil”, refiere el nuevo Patronato.
“Las Fundaciones Mary Street Jenkins y UDLAP no son patrimonio de privados. Se trata de instituciones sujetas a la jurisdicción, vigilancia, supervisión y disciplina de la Junta. Son entidades reguladas por la ley y por la autoridad, incluidas las potestades que ejercen los Patronatos”, refiere el texto de marras.
El Patronato legalmente constituido hace un llamado a la comunidad universitaria a privilegiar el diálogo, el entendimiento y una salida concertada a la situación prevaleciente, siempre con base en la ley, en la voluntad irrevocable de los fundadores y en el interés superior de la comunidad estudiantil.
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