Con el objetivo de regular el servicio de grúas y corralones en el estado de Puebla, que serán permisionados y concesionados, respectivamente, la Secretaría de Movilidad y Transporte presentó el reglamento de la Ley del Transporte en materia de servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.
En este sentido, la SMT informa que este reglamento contempla atribuciones de la dependencia estatal, entre ellas fijar las tarifas para el cobro de los servicios, coordinar el registro de las concesiones y permisos, así como expedir la documentación inherente, además de autorizar el acceso a los depósitos a las personas y autoridades competentes.
De igual manera, le corresponde a la dependencia integrar y mantener actualizado el padrón de prestadores de servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos; autorizar el rol de servicio de los concesionarios y permisos, que regule la operación en aquellos polígonos en donde estén autorizados dos o más prestadores de servicios.
Asimismo, realizar inspecciones físicas y periódicas en los depósitos de vehículos; verificar que los predios propuestos cumplan con las especificaciones previstas en el Reglamento y realice los Estudios Técnicos que determinen la procedencia del otorgamiento de las concesiones; tramitar los procedimientos de revocación de las concesiones y cancelación de permisos, y aplicar las sanciones cuando así corresponda a los concesionarios y permisionarios.
Por otro lado, el reglamento estipula obligaciones de los concesionarios y permisionarios, entre ellas efectuar el servicio en territorio estatal y dentro de los polígonos de servicio autorizados por la Secretaría y en aquellos en que exista convenio suscrito por el Gobierno del Estado y la Federación o los municipios.
Del mismo modo, el concesionario del depósito será responsable por el vehículo, cualquiera de sus partes o accesorios faltantes; así como de los daños causados durante el tiempo que permanezcan bajo su custodia; deben prohibir el acceso a toda persona ajena a los depósitos, y deberán refrendar cada año la concesión o permiso, previa solicitud.
El reglamento estipula sanciones en caso de que no se cumplan con las obligaciones los concesionarios o permisionarios: el apercibimiento, multas de 50 a 414 Unidades de Medida y Actualización, revocación o suspensión de la concesión, y cancelación o suspensión del permiso.
Finalmente, el documento señala las obligaciones que el usuario tendrá que cubrir para la entrega del vehículo, por lo que el interesado deberá obtener el oficio de liberación que expida la autoridad competente, comprobantes de pago de daños a las vías de comunicación, si las hubiere, así como comprobante de pago al concesionario por los servicios prestados; en caso de no cumplir con los requisitos, la unidad quedará a disposición del Gobierno del Estado.
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