La senadora del PRI, Claudia Edith Anaya Mota, a través de una iniciativa, propuso establecer una conducta típica para que las autoridades judiciales cuenten con los elementos correctos que les permitan tipificar el feminicidio infantil.
No basta únicamente con aumentar las penas, advirtió la legisladora, sino que es importante que la policía de investigación, ministerio público y los jueces, tengan bien definidas en el Código Penal las razones que acrediten este tipo de delitos.
Dijo que es fundamental establecer algunas condiciones particulares para especificar las razones de género y de esta manera dotar a las autoridades judiciales, policiales y ministeriales las herramientas necesarias para cumplir con la identificación, investigación y sanción de las conductas, así como para generar los protocolos adecuados en la materia.
Lo anterior, debido a que actualmente el tipo penal no específica de manera contundente, que el feminicidio se extiende a las niñas y adolescentes, quienes también son víctimas de este delito y que con frecuencia quedan invisibles, debido a que las autoridades lo persiguen sólo cuando se comete en contra de mayores de edad.
La inadecuada tipificación genera una invisibilidad sobre los tipos específicos de dicha trasgresión, como el que se comete entre niñas y adolescentes, expresó.
Anaya Mota señaló que los registros de homicidios infantiles pueden contener sesgos metodológicos para acreditarse como feminicidio, ya que en 2017, 181 niñas menores de quince años fueron asesinadas en México y no se pudo contabilizar cuántos de esos asesinatos fueron feminicidios.
En México, destacó, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se comenten 5.4 millones de abusos sexuales contra niñas y niños anualmente, “y a la par de esta realidad sopesa la impunidad, ya que uno de cada 10 casos se denuncia”.
Por ello, la legisladora planteó reformar el Código Penal Federal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para establecer los antecedentes de violencia intrafamiliar, abuso sexual infantil, trata de personas, principalmente pornografía infantil; negligencia en el cuidado o abandono, matrimonio forzado o rapto e indicios de violencia física, como razones de género particulares, para las víctimas de este delito.
La iniciativa se turnó a las comisiones unidas de Justicia, de Estudios Legislativos, Segunda y con opinión de la Comisión para la Igualdad de Género.