Proyecto del TEPJF prevé frenar decreto sobre propaganda

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) difundió un proyecto de resolución que declara inaplicable el decreto de interpretación sobre el concepto de propaganda gubernamental, para la consulta popular de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, programada para el próximo 10 de abril.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña solicitó la publicación del proyecto este domingo, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Acuerdo General 9/2020 de la Sala Superior del TEPJF, “en el entendido de que la transparencia institucional abona sustancialmente a la certeza y seguridad de los justiciables, así como de la ciudadanía en general”.

La propuesta del magistrado incluye una revisión al expediente relacionado con el desplegado publicado por gobernadores de Morena, así como el recurso presentado por el partido defendiendo el derecho de los mandatarios estatales a emitir su postura a favor del presidente de la República.

El proyecto argumenta que el artículo 35 constitucional mandata la suspensión de toda clase de propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, lo cual incluye a los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias, las entidades de la administración pública y cualquier otro ente de gobierno.

En sus conclusiones, el TEPJF afirma que el decreto de interpretación auténtica “no es

una instancia válida de derecho aplicable”, ya que no realiza una interpretación auténtica del término “propaganda gubernamental” que pretenda aclarar su significado, “sino que excede el ejercicio de dicha facultad al establecer una excepción sobre quién puede emitir propaganda gubernamental en el contexto de un proceso de revocación de mandato”.

También argumenta que la excepción que el decreto pretende generar “redundaría en una modificación a un aspecto fundamental del proceso de revocación de mandato que actualmente se encuentra en desarrollo, tal y como lo es su modelo de comunicación política, lo cual está prohibido a nivel constitucional por el artículo 105”.

“Por todo lo anterior, este órgano jurisdiccional considera que con la actual configuración del sistema normativo, el decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, lo que incluye a las controversias que surjan en el desarrollo del actual proceso, ya sea en sede cautelar o en el análisis de fondo”, enuncia el documento.

Ante estos argumentos planteados, el proyecto de resolución concluye que el comunicado titulado “gobernadoras y gobernadores de la 4ta transformación” sí es una instancia de propaganda gubernamental, por lo que su difusión durante el actual proceso de revocación de mandato es un acto susceptible de medidas cautelares.

Este proyecto deberá ser sometido a votación en una próxima sesión privada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

El proyecto de resolución puede ser consultado en la página de internet del TEPJF en la siguiente liga:

www.te.gob.mx/media/pdf/db123836c8a8a40.pdf

marzo 28, 2022 - 11:00 am

Por: Staff

Política

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