Publica DOF decreto que fortalece órdenes de protección para mujeres víctimas de violencia

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este jueves el decreto del Congreso de la Unión que fortalece las órdenes de protección para niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia.

El documento, que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entrará en vigor este viernes 19 de marzo.

Señala que las órdenes de protección son de inmediata aplicación para salvaguardar la vida o integridad de las víctimas de violencia, y deberán otorgarse de oficio o a petición de parte en un lapso no mayor a cuatro horas después de que las autoridades administrativas, el Ministerio Público o los órganos jurisdiccionales competentes tengan conocimiento de los hechos.

Precisa que las órdenes de protección son acciones precautorias y cautelares, de urgente aplicación, para proteger a personas que han sido violentadas de alguna manera o que su integridad física o emocional se encuentra en riesgo.

Establece que las órdenes de protección tendrán una duración de hasta 60 días prorrogables por 30 días más o el tiempo que dure la investigación o ampliarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.

Indica que las autoridades evitarán cualquier información tendiente a inhibir o desincentivar la solicitud de orden de protección.

Estipula que las órdenes de protección administrativas podrán consistir en el traslado de las víctimas a donde se requiere cuantas veces sea necesario en las diferentes diligencias; custodia personal y domiciliaria a las agredidas; alojamiento temporal en espacios seguros (casas de emergencia, refugios y albergues) y la interrupción legal y voluntaria del embarazo en el caso de violación.

Además, proporcionar los recursos económicos para garantizar la seguridad personal, transporte, alimentos, comunicación, mudanza y los trámites oficiales que requiera.

En el régimen transitorio se señala que deberá desarrollarse por parte del Gobierno Federal y de las entidades, en un plazo no mayor a 120 días a partir de la publicación del decreto, un plan de capacitación a todo el personal ministerial y judicial sobre el contenido de esta reforma.

marzo 18, 2021 - 3:15 pm

Por: Staff

Nacional

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