La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) debe buscar y dar a conocer el presupuesto destinado a la estrategia de autosuficiencia alimentaria, impulsada por el Gobierno Federal, así como los documentos que consignen dicha iniciativa, la agenda de diálogo con campesinos, el lugar de las reuniones y la persona encargada de convocar, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el caso ante el Pleno, la Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, expuso que, en México, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2021, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), más del 60 por ciento de los hogares presentó algún nivel de inseguridad alimentaria.
“De ahí la importancia de que este organismo garante coadyuve en la efectividad del derecho a saber en este rubro, más aún cuando los problemas de acceso a alimentos básicos en el mundo se han agudizado con motivo del índice inflacionario, que ha causado también la crisis sanitaria”, sostuvo.
Ibarra Cadena detalló que, de acuerdo con datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), uno de los sectores más afectados por el alza de la inflación en el país es el de los alimentos, pues, en el mes de agosto, se registró un incremento del 14 por ciento en el costo de la canasta básica, situación que plantea la necesidad de poner a disposición de la ciudadanía, información sobre las acciones que lleva a cabo el gobierno para garantizar la autosuficiencia en materia alimentaria.
Recalcó que la seguridad alimentaria es un derecho humano y “nuestra Constitución Federal reconoce esa prerrogativa en su artículo 4º, el cual prevé que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, pero además establece la obligación del Estado de garantizarlo. En ese sentido, nuestras autoridades están constreñidas a desplegar acciones para hacerlo realmente efectivo”.
Inconforme porque la SADER, por conducto de la Subsecretaría de Autosuficiencia Alimentaria y sus áreas adscritas, declaró la inexistencia de la información, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, la dependencia señaló que amplió la búsqueda de información a otras unidades administrativas; sin embargo, éstas ratificaron la inexistencia.
Al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Presidenta del INAI determinó que, si bien la SADER buscó la información en algunas unidades administrativas competentes, a saber, la Subsecretaría de Autosuficiencia Alimentaria, la Direcciones Generales de Autosuficiencia Alimentaria; de Apoyos Productivos Directos, y de Organización para la Productividad, así como la Dirección de Área de la Subsecretaría, no se tiene certeza del criterio de búsqueda utilizado para localizarla.
Lo anterior, debido a que se localizó información oficial que confirma que el titular de la Secretaría y el Subsecretario de Autosuficiencia Alimentaria estuvieron presentes en las reuniones regionales con agrónomos, extensionistas y productores del campo, celebradas en la Ciudad de México, Guadalajara, Puebla, Monterrey y Veracruz, con motivo de las Jornadas de Producción para el Autoconsumo, en las que el Presidente de la República dio a conocer el impulso a la producción agrícola enfocada a la autosuficiencia alimentaria.
Asimismo, se advirtió que la SADER cuenta con otras áreas competentes para conocer la información, las cuales no fueron consultadas, como la Oficina del Secretario, las Coordinaciones Generales de Agricultura; de Desarrollo Rural, y de Enlace Sectorial, la Dirección General de Programación, Presupuesto y Finanzas y las Oficinas de Representación en las Entidades Federativas, donde realizaron las reuniones.
Por lo expuesto, se concluyó que no se garantizó el carácter exhaustivo de la búsqueda, razón por la cual el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SADER, a efecto de que realice una nueva búsqueda de la información requerida en todas sus unidades administrativas competentes y entregue a la persona solicitante el resultado.
En caso de que el resultado de la búsqueda sea la inexistencia de la información, su Comité de Transparencia deberá formalizarla, de manera fundada y motivada.