La Ley General de Delitos Electorales, establece como prohibición a cualquier persona a generar cualquier acto de intimidación por parte de cualquier persona a los electores, sentenció Santiago Nieto, quien precisó que el artículo 7 en su fracción 16, contempla incluso, una sanción de 3 a 6 años de prisión a quien incurra en estos delitos.
Abundó que tratarse del caso de servidores públicos, además de esa penalidad, se añade una inhabilitación del cargo hasta por seis años al cometer delitos de naturaleza electoral.
“Hemos visto en la jornada electoral, acción de condicionamiento y compra de votos, lo cual constituyen conductas delictivas en términos de la Ley y por tanto hacemos un rechazo absoluto de este tipo de conductas que pretenden vulnerar la voluntad de la sociedad”.
Citó que de manera personal, ya se encuentra en la elaboración de denuncias de todas las irregularidades que se han registrado en la comisión de delitos en la jornada electoral.
Rechazó cualquier tipo de violencia y llamó a la civilidad propia de un estado democrático, y consideró que aún hay tiempo para que la ciudadanía siga saliendo a votar para no generar actos de terrorismo electoral, tal y como sucedió en el Estado de México en el proceso electoral del 2017 y se respete la voluntad de la ciudadanía.
Foto: Es Imagen / Ángel Flores