Con 84 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó un proyecto para incorporar al artículo 1138 del Código de Comercio un lenguaje incluyente, que impida que la aplicación de esta disposición vulnere el principio de igualdad.
La minuta de la colegisladora plantea sustituir la expresión “mujer” por cónyuge en las fracciones II y V del artículo 1138, ya que es la expresión correcta para describir el supuesto por el cual la o el juzgador deberán apartarse del conocimiento de la causa que se les haya turnado para su conocimiento, ello, para evitar un conflicto de interés.
El documento destaca que “la utilización del sexismo lingüístico es un uso del leguaje discriminatorio con motivo del género, cuya consecuencia consiste en disminuir derechos o en la posibilidad de ejercerlos”.
“Cuando el Código de Comercio, en las fracciones II y V del artículo 1138, utiliza la expresión mujer, claramente hace pensar que la función del juzgador es privativa de los hombres”, se subraya en el dictamen.
Las y los senadores destacaron que el matrimonio no es el único vínculo sentimental que puede afectar la independencia del juzgador, pues si bien el matrimonio es la relación permanente y estable entre dos personas, derivado de un acto jurídico, el concubinato es la relación permanente y estable entre dos personas derivado de una unión de hecho.
Por ello, consideraron pertinente adicionar a la reforma las expresiones “concubina y concubino”, posterior al uso de cónyuge, para incluir este vínculo como una causal para recusar al juzgador. Una vez aprobado, el proyecto fue devuelto a la Cámara de Diputados con estos cambios.
El Pleno del Senado también aprobó un dictamen, con 84 votos a favor, para que el Instituto Nacional de la Economía Social pueda formular y ejecutar programas y proyectos de apoyo público enfocados a la promoción, fomento y desarrollo, con especial atención en las zonas de atención prioritaria, proyecto que se envió a la Cámara de Diputados.
Foto: Senado