El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) informó que a la fecha aún no se ha recibido alguna inconformidad o impugnaciones relacionadas al proceso electoral; recordó que ley no establece un término específico del tiempo en el que se tiene que integrar el expediente.
Se explicó que, de acuerdo al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (específicamente en su artículo 352), las inconformidades las reciben los Consejeros Presidentes de los Consejos Distritales y Municipales del Instituto Estatal Electoral (IEE), quienes son los que integrarán el expediente que corresponda y lo remitirán al “Consejo General del IEE”, para que éste lo remita posteriormente al Tribunal.
El Tribunal destacó que la ley no establece un término específico del tiempo en el que se debe integrar el expediente como lo muestra el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, en su artículo 352.
Foto: Es Imagen Ramón Sienra