En un país donde desaparecen 31 personas al día, los mecanismos públicos y jurídicos de acción han demostrado ser una quimera más que un alivio para las familias en búsqueda.
El Protocolo Homologado de Búsqueda de personas (PHB) nació tras la expedición de la Ley General en materia de Desaparición (2017) como una herramienta auxiliar a la falta de preparación de los servidores públicos frente a estos delitos. Ambos recursos buscan dar justicia a los 90,605 casos personas desaparecidas desde 1964, de las cuales una cuarta parte son mujeres, niños y adolescentes.
Este protocolo contribuye a dar luz en muchos aspectos de procedimiento policial, forense y legal, pues establece lineamientos específicos de acción. Así lo expuso el abogado Joseph Irwing Olid Aranda a las familias de personas desaparecidas que acudieron a la jornada semipresencial especializada organizada por la Ibero Puebla.
Para aplicar el protocolo adecuadamente, las personas deben contar con asesoría jurídica profesional para exigir acciones puntuales. “Al momento de la denuncia se debe aportar toda la información que se tenga para que la autoridad pueda desarrollar las líneas de investigación”. En caso de obtener respuestas desfavorables, las víctimas pueden recurrir a una impugnación de omisiones del Ministerio Público.
Del mismo modo, se pueden emitir quejas ante la Comisión de Derechos Humanos y amparos por incumplimiento de las diligencias por parte de los servidores públicos. Para casos de desaparición, agregó el experto, los colectivos tienen la facultad de revisar y armar sus propias carpetas de investigación siempre que cuenten con nociones jurídicas sólidas.
Problemas del protocolo
El PHB llega en un contexto crítico. Se han ubicado 1,315 fosas clandestinas; de los 3,025 cuerpos rescatados, solo uno de cada cuatro ha sido devuelto a las familias. Además, Quinto Elemento reveló una crisis forense de 38,892 cuerpos sin identificar. Como sintetizó Blanca Martínez Bustos, directora del Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios, A. C. de Coahuila: “estamos en una crisis de dimensiones de una guerra”.
De acuerdo con sus propios cálculos, en México desaparecen 31 personas al día. Las interpretaciones de cifras hechas por el Estado tienden a destacar el número de personas localizadas (132,222 al 12 de agosto) sin especificar las condiciones en las cuales regresan. “Hay que atender la pobreza y la marginación de nuestros pueblos. Hay una manipulación de las cifras que dice ‘miren qué efectivos somos’”.
En los últimos ocho años ha habido cuatro intentos fallidos para contar con un registro nacional de personas desaparecidas. Al compartir su desencanto con el PHB, Martínez Bustos remarcó la urgencia de contar con bases de datos que permitan identificar los perfiles de las personas que son desaparecidas.
Los colectivos han propuesto que la Comisión Nacional de Búsqueda cuente con despachos avocados al análisis de contexto, ejercicio de la búsqueda, registros de datos e identificación forense. Estos conceptos fueron presentados al Gobierno de Coahuila como un Plan Estatal de Búsqueda en 2015. Si bien la propuesta sigue en construcción, continúan trabajando de la mano de las autoridades.
Esta sinergia encaminó la Ley de Localización, Recuperación e Identificación Forense de Personas de Coahuila (2016), misma que posteriormente fue armonizada con la ley general. Actualmente, negocian que las comisiones de búsqueda sean reconocidas como organismos autónomos. “Ser víctima no es un derecho, es una condición. Lo que sí es un derecho a que se respete tu derecho a exigir que [tus familiares] regresen”.
Demasiados pasos
El Protocolo Homologado de Búsqueda pretende encaminar la acción inmediata, reconocer la diversidad del delito, detallar los tipos de búsqueda y relacionar las fuentes de la misma. Paradójicamente, esto puede suponer una barrera para la ejecución adecuada de los procesos de búsqueda debido a una sobrecarga en términos y responsabilidades.
Para Volga de Pina Ravest, investigadora del Observatorio de Desaparición e Impunidad en México, el objetivo de homologar los pasos es que existan gestiones mínimas para llevar a cabo una acción. No obstante, la universalización puede conducir a suprimir las diferentes expresiones de violencia.
El PHB reconoce las diferentes instancias que intervienen en el proceso de investigación con base en el tipo de delito y la persona agraviada. Pese a ello, la sobrecategorización y los incontables ajustes a los procesos entorpecen la obtención de resultados favorables.
Prueba de ello son los cinco protocolos de búsqueda que existen en la actualidad, mismos que no siempre cohesionan debido a la diferencia de criterios entre los funcionarios. Por ello, la experta remarcó que es indispensable complejizar el análisis de la violencia y ubicar sus intersecciones, situar el delito en un tiempo y espacio específicos, y definir estrategias diferenciadas.