El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), que preside el magistrado Fernando Chevalier Ruanova, ratificó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEE) por lo que avaló el registro de candidaturas de ayuntamientos y diputaciones que impugnaron los partidos políticos del Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Las candidaturas comunes registradas cumplieron los principios de uniformidad y de paridad de género, ratificando el acuerdo del IEE, CG/AC-055/2018.
De acuerdo a lo ordenado por la sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de acuerdo a los expedientes TEEP-A-044/2018, TEEP-A-046/2018 Y TEEP-A-048/2018, los recursos de apelación fueron interpuestos por los ciudadanos Luis Fernando Jara Vargas representante propietario del Partido Político Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y la ciudadana Laura Elizabeth Torres Villegas representante propietaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del acuerdo CG/AC-055/2018 de dicho Instituto fue que se dio resolución a las solicitudes de registro de candidaturas a los cargos de diputaciones del Congreso Local y Ayuntamientos, presentados por los partidos políticos y coaliciones, para el proceso local electoral estatal ordinario 2017-2018.
En su intervención, el magistrado Jesús Gerardo Sarabia Rivera presentó una inconformidad al respecto debido a que argumentó que el acuerdo del IEE tenían inconsistencias debido a que no se publicó de manera completa en el el Periódico Oficial del Estado. En tanto el magistrado Adrián Rodríguez avaló la resolución.
Con relación a la Violación al principio de paridad al cual hizo alusión el representante del partido político Morena, el agravio resultó infundado debido a que tanto el Partido Acción Nacional, como el de la Revolución Democrática, cumplieron con la paridad de género donde se establecen condiciones para que las mujeres cuenten con posibilidades jurídicas a fin de incorporarse a cargos públicos de elección popular.
Se acotó que la autoridad responsable actuó conforme a derecho al aprobar la solicitud de registro de candidaturas municipales en Puebla presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido de la Revolución Democrática, ya que el número de mujeres que encabezan las planillas (50 del PAN y 38 del PRD), en relación con el número de hombres que contenderán por presidencias municipales (48 del PAN y 35 del PRD ), se traduce en las siguientes relaciones porcentuales:
PAN: 51.02% mujeres – 48.98% hombres
PRD: 50.66% mujeres – 49.34% hombres
Por lo que los partidos se apegaron al principio de paridad y al no existir números pares, se prefirió postular a más mujeres que hombres, ello para hacer posible la maximización de su derecho fundamental a ser votadas.
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