Bajo el argumento de que los ‘candados’ establecidos para los aspirantes a candidatos independientes que forman parte de la convocatoria emitida por el Instituto Electoral del Estado están en la Ley y por tanto no podían ser omitidos, Jacinto Herrera, presidente del IEE, aseguró que cumplirán con el mandato del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Luego del revés aplicado por la autoridad federal, sostuvo que en el documento aprobado apenas el 15 de diciembre pasado, existen tres requisitos –candados–, pero que son legales, aprobados dentro de la reforma electoral.
En este punto, se cuentan el recabar los apoyos ciudadanos del tres por ciento del listado nominal; separarse de la militancia partidista 12 meses antes; y la llamada territorialidad o regla de dispersión.
En su exposición de motivos, explicó que en lo que toca al tres por ciento, se tomó en cuenta el lineamiento, el cual lo establece el Código Electoral Local.
Por lo que toca a renunciar 12 meses antes a un instituto político, recordó que hubo una resolución de la Sala Superior en la candidatura de Ana Teresa Aranda en 2016, sin embargo, en el cuerpo de la sentencia señala que en el caso de la otrora candidata era de imposible cumplimiento pues la reforma legal se dio dentro de esos doce meses, y la resolución fue concretamente para ese proceso.
Justificó que en este caso, no se declaró inconstitucional los 12 meses, y los magistrados en su oportunidad, dejaron ver que los 12 meses tenían su razón de ser.
En cuanto al tema de la territorialidad, ilustró que la disposición jurídica quedó firme en la reforma electoral del Congreso del Estado, y para cualquier elección debe contar con el apoyo disperso en dos terceras partes del territorio para el que se postule, y en el casi de la gubernatura, son dos terceras partes de los municipios que comprende el estado.
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