La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por mayoría de votos, la inexistencia de presunta comisión de actos anticipados de campaña, en favor de Alejandro Armenta Mier, ex aspirante a la candidatura de Morena a la gubernatura de Puebla, en un diario local.
Lo anterior, porque del análisis a la publicación denunciada no se advirtieron llamados expresos al voto en favor de Armenta Mier, ni en contra de alguna otra precandidatura; por ello, determinó que debía prevalecer la presunción de licitud del ejercicio periodístico.
Ello, en razón de que todas las notas se presentaron a manera de noticia e informaban sobre las actividades que realizó el mencionado ciudadano dentro del proceso interno de selección de candidatura a la gubernatura de Puebla por Morena.
Además, en sesión pública, se declaró inexistente la presunta cobertura inequitativa atribuida al medio impreso, ante la falta de más elementos de prueba para hacer el análisis respectivo, y porque no fue controvertido el argumento de la Asociación Periodística, en el sentido de que también publicó información de otros participantes en la contienda interna.