En sesión pública la noche de este viernes, los magistrados resolvieron el expediente SRE-PSL-50/2018 y determinaron que la aparición de López Obrador no confundió al electorado, ya que no se decía que él fuera candidato a gobernador sino a presidente de la República.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no hubo sobreexposición del candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador, en la propaganda impresa de candidatos locales de la coalición Juntos Haremos Historia.
En sesión pública la noche de este viernes, los magistrados resolvieron el expediente SRE-PSL-50/2018 y determinaron que la aparición de López Obrador no confundió al electorado, ya que no se decía que él fuera candidato a gobernador sino a presidente de la República.
Por lo anterior se determinó inexistentes las conductas atribuidas por el PAN que denunció a Morena, PT y Encuentro Social, por la propaganda en la que el tabasqueño aparecía, por lo que se exoneró a los tres partidos políticos.
Fuente: diario cambio