El Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla recibió, en sesión ordinaria virtual, la propuesta de iniciativa para expedir la Ley de Amnistía, a favor de las personas en contra de quienes se haya aplicado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del fuero común del estado, siempre que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de dicho ordenamiento.
Al realizar la exposición de motivos de la propuesta en sesión ordinaria virtual, el diputado Gabriel Biestro Medinilla, explicó que la iniciativa está en total concordancia con la Ley Federal, misma que pretende otorgar amnistía a aquellos que fueron sentenciados para que sean puestos en libertad, si cometieron delitos como aborto, si tiene que ver con los pueblos indígenas y sancionados por delitos a las vías de comunicación, así como hombres y mujeres acusados por robo simple y sin violencia o por delitos de carácter político.
En este sentido, mencionó que la amnistía es un acto para resarcir el gran daño al tejido social que los gobiernos autoritarios y criminales han autorizado anteriormente; asimismo, agregó que la propuesta para expedir esta Ley no se trata de una puerta giratoria, ni de avalar a personas reincidentes de delitos, sino que tiene que ver con un acto de justicia, por lo que sostuvo que con esta armonización se da cuenta y cumplimento a la promesa que fue hecha desde hace varios años por quienes buscan justicia.
El dictamen fue turnado a comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia y Seguridad Pública para su estudio y resolución procedente.
En un momento diferente de la sesión virtual se dio lectura a la Iniciativa de Decreto por la que se reforman diversas disposiciones del Código de Comercio.
En este sentido, el diputado Gabriel Biestro Medinilla detalló que a lo largo de los años las plataformas digitales se han vuelto indispensables y negocios a través de esta genera un derrama importante; sin embargo, existen lagunas en la prestación del servicio, por lo que consideró importante establecer un límite al régimen de comisiones mercantiles que se impone a los participantes en los servicios de plataforma entrega o “delivery”, plataformas de transporte, que deberán tener un marco regulatorio justo, que permita su desarrollo pero a la vez promuevan el desarrollo de su comunidad, con comisiones mucho más justas a las que actualmente cobran, pues señaló que quienes producen generan empleo y quienes más se arriesgan son los conductores y todos los que comercian una mercancía y no los que gestionan las plataformas.
La propuesta de esta iniciativa que se pondrá a consideración del Congreso de la Unión pretende regular una actividad considerada emergente, con el propósito de evitar abusos que pudieran suscitarse entre los partícipes del comercio por comisión mercantil, que realizan a través de plataformas de servicios digitales.
Agregó que el estado está para regular las actividades asimétricas que la sociedad se autoimpone y precisó que con esta propuesta se busca que en tiempos de contingencia se dé prioridad a aquel sector que produce, porque los propios empresarios restauranteros que han tenido en esta contingencia cerrados sus establecimientos, su único modo de subsistir es la entrega mediante redes sociales, de tal forma que la reforma pretende brindar beneficios.
El dictamen fue turnado la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente.
A través de un punto diferente, se dio lectura a la Iniciativa de Decreto por la que se reforman el segundo párrafo del artículo 97 y la fracción VI del artículo 98 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.
En este sentido, el diputado Raúl Espinosa Martínez expresó que la finalidad de esta reforma es incluir la parentalidad positiva para que los padres, tutores y toda persona que tenga bajo su cuidado o resguardo a niñas y niños en la primera infancia, reciban asistencia, capacitación, educación, asesoría y acompañamiento, con la finalidad de tener un entorno que incluya atención, orientación, reconocimiento, potenciación, afecto, comprensión y educación sin violencia y así lograr el pleno desarrollo de su personalidad.
El dictamen fue turnado la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez para su estudio y resolución procedente.
En otro momento de la sesión del día de dio lectura a la Iniciativa de Decreto por la que se reforman las fracciones IX y X, y se adicionan las fracciones XI y XII, al artículo 338 del Código Penal del Estado.
Al hacer uso de la palabra, la diputada Nancy Jiménez Morales expresó que la violencia contra las mujeres se sigue presentando en el país y el estado como resultado de relaciones históricas que provoca la discriminación de género y se interpone en su pleno desarrollo, por lo que la propuesta refiere que también se considere como delito de feminicidio cuando la mujer sea privada de la vida, “por razón de su actividad política, social o por la defensa de derechos humanos, ya sea para obstaculizar y/o impedir su ejercicio, sea solo en perjuicio de la víctima o de forma indirecta de otras mujeres”.
El dictamen fue turnado la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente
A través de un punto diferente se dio lectura a la iniciativa de decreto por la que se adiciona el artículo 6 bis a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, con la intención de incentivar al personal médico durante contingencias o emergencias sanitarias, como ocurre actualmente con el COVID-19.
En este sentido, el diputado Miguel Trujillo de Ita, expresó que la propuesta de reforma quedaría de la siguiente manera: “Cuando los trabajadores supernumerarios, ya sean médicas, médicos, enfermeras, enfermeros generales y especialistas, paramédicos y personal de apoyo a los servicios de salud, sean llamados para servir durante una contingencia o emergencia sanitaria, su servicio se tomará en cuenta para establecer su permanencia en la plantilla laboral de las Instituciones de Salud Públicas del Estado”.
El dictamen fue turnado la Comisión del Trabajo Competitividad y Previsión Social para su estudio y resolución procedente.