«Acciones anticorrupción no garantizan justicia disciplinaria»

Tanto el Sistema Nacional Anticorrupción como sus brazos operativos requieren reestructuraciones que permitan materializar el derecho disciplinario.

La Asociación de Magistrados Tribunales de Justicia Administrativa de los Estados Unidos Mexicanos, A. C. y la Licenciatura en Derecho de la Ibero Puebla celebraron un conversatorio en torno al libro Derecho disciplinario mexicano. Sistema Nacional Anticorrupción, elaborado por el magistrado Alberto Gándara Ruiz Esparza.

El texto se desarrolla a partir de la visión académica y de los operadores de justicia, donde se corrobora que la retórica anticorrupción no materializa sus fines de control del ilícito. Como explicó Myrna Araceli García Morón, magistrada presidenta del tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México: “Si no tiene el perfeccionamiento de la ruta de responsabilidades, el sistema no permitirá que se articulen los principios del derecho disciplinario”.

El tema en cuestión es de alta pertinencia en el contexto del país, donde la corrupción y la impunidad continúan como desafíos para la construcción de un Estado de derecho funcional. Por tal motivo, Mario Patrón Sánchez, Rector de la IBERO Puebla, destacó el valor del diálogo entre academia e integrantes de órganos jurisdiccionales, pues las universidades jesuitas recuperan la herencia del conocimiento con ética y compromiso social.

La conformación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) es un primer esfuerzo con el objetivo de construir respuestas reales contra el binomio corrupción-impunidad. Como ha reflejado la pandemia, es vital recuperar lo público a través de la transparencia y las sanciones ejemplares a los delitos.

En Derecho disciplinario, Gándara describe la integración del SNA a nivel nacional y analiza 16 legislaciones estatales ─mismas que buscaron la armonía con la Ley General de Responsabilidades Administrativas─, lo que conduce al debate sobre si los agregados son violatorios de la ley general.

Pese a los esfuerzos de órganos internos de control como la Secretaría de la Función Pública (SFP), la normativa anticorrupción requiere múltiples mejoras. Así lo apreció Luz María Aguirre Barbosa, magistrada de la Tercera Sala Unitaria del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla, quien recordó que: “de nada sirve contar con una legislación novedosa si no se asignan recursos para ponerla en marcha”.

El autor también aborda la figura de la Fiscalía Anticorrupción, la cual fue creada para endurecer las penas a delitos cometidos por servidores públicos y particulares para consolidar las reformas a diferentes faltas. “El derecho disciplinario mexicano, según Alberto Gándara, es el conjunto de disposiciones sustantivas y adjetivas que regulan las actividades de los servidores públicos”, sintetizó el Dr. René González Velasco, profesor de asignatura Ibero Puebla.

La corrupción representa un fenómeno endémico altamente costoso para los gobiernos. La administración actual se ha volcado a la eliminación de este crimen, pero este es tan complejo que difícilmente se comprende a qué se refiere: en México, la legislación omite una definición elemental del concepto de corrupción. De acuerdo con Natalia Vera Escolá, la falta de consenso se debe a las intersecciones culturales de cada lugar.

Ante estos hechos, dijo, la democracia debe hacer valer la transparencia. “La corrupción es un fenómeno complejo que requiere soluciones puntuales que podemos empezar todos. México es mucho más que quien se sienta en la silla presidencial”, enfatizó la profesora de asignatura de la Ibero Puebla.

Una de las críticas más visibles al SNA es que no se han presentado casos emblemáticos por parte de las fiscalías especializadas, las cuales se han concentrado en situaciones particulares menores. De igual manera, se ha constatado que los Comités de Participación Ciudadana de la Fiscalía Anticorrupción se integran mayoritariamente por antiguos funcionarios en busca de beneficios económicos.

Alberto Gándara propone en su obra un replanteamiento del SNA, donde la SFP y sus equivalentes estatales tengan facultades preventivas y de fiscalización, delegando las sanciones a los tribunales de justicia administrativa. En lo general, convoca al nombramiento de funcionarios públicos de mando con los mejores perfiles. “Aceptar un cargo público sin estar capacitado para desempeñarlo también es corrupción”, comentó durante el conversatorio virtual.

En cuanto a la Ley General de Responsabilidades, el magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México propuso suprimir la denominación de las faltas graves y convertirlas en tipos de carácter administrativo para evitar que se penalice el derecho administrativo.

Durante el cierre de la actividad, María de Lourdes Dib y Álvarez, magistrada presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla. valoró que el libro dicta el comportamiento ideal del servidor público más allá del contexto político en el que se inserta. “Con este texto se deja un interés en el estudio de la aplicación de la justicia administrativa”.

mayo 6, 2021 - 8:00 am

Por: Staff

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