Avalan proyecto que obligará a tutores vigilar vacunación de menores

Las comisiones Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron un dictamen que establece la responsabilidad personal de aplicarse las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal, independientemente del régimen de seguridad o protección social al que pertenezca.

Para cumplir con esta responsabilidad, se agrega en el proyecto, los residentes en el territorio nacional tendrán derecho a recibir las dosis, de manera universal y gratuita, en cualquiera de las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, del Sistema Nacional de Salud.

En el documento aprobado, los senadores destacaron que “existen evidencias sobre manifestaciones contra la vacunación, lo que ha derivado en el retorno de enfermedades como la rubéola y el sarampión, trayendo consigo la emergencia de brotes devastadores en todo el mundo”.

La Secretaría de Salud reveló que tan sólo en el primer cuatrimestre de 2020 tenía conocimiento de 150 personas contagiadas, cuyo rango de edad se encuentra entre los tres meses y los 68 años. Los datos indican que el 80 por ciento de los pacientes tienen un antecedente de no vacunación.

Así, el dictamen reforma la Ley General de Salud para que las personas que ejerzan la patria potestad, tutela o guarda de niñas, niños y adolescentes estén obligadas a que estos menores reciban las vacunas.

Dispone que el incumplimiento deliberado o sin que medie justificación médica certificada para contravenir dicha obligación dará lugar a que la Procuraduría de Protección de niñas, niños y adolescentes, haga uso de las atribuciones que le confiere la Ley en la materia para realizar acciones dirigidas a realizar la vacunación.

También modifica la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley General de Educación, a fin de promover y ejecutar los programas dirigidos a garantizar el ejercicio del derecho a la vacunación oportuna de niñas, niños y adolescentes, así como vigilar de forma periódica su salud, crecimiento y desarrollo integral.

En la reunión de trabajo, también se aprobó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Civil Federal, para prohibir el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños, niñas o adolescentes.

El documento establece que, en México la prevalencia del castigo corporal y humillante como una forma de violencia contra menores y adolescentes es preocupantemente alta.

Destaca que el Congreso mexicano debe realizar ajustes necesarios a la legislación para avanzar de manera eficaz en la erradicación de cualquier tipo de violencia contra las y los niños, y convenir para que el marco normativo prohíba expresamente y de manera categórica cualquier tipo de violencia contra la niñez.

Además, en la iniciativa se manifiesta que las y los menores tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante.

Foto: Senado

septiembre 14, 2020 - 7:00 pm

Por: Staff

Actualidad

Te recomendamos: