Desechan amparo de Nueva Alianza por registro

Un juez federal desechó hoy una demanda de amparo del partido Nueva Alianza, que pretendía impugnar por esa vía la pérdida de su registro, decretada el 12 de septiembre por el Instituto Nacional Electoral.

Juan Pablo Gómez Fierro, juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, resolvió que el amparo es notoriamente improcedente, ya que este recurso está prohibido para impugnar leyes electorales o actos del INE.

Además de la pérdida de registro, Nueva Alianza pretendía cuestionar la Constitucionalidad de los artículos 94 al 96 de la Ley General de Partidos Políticos, que fijan el requisito de obtener al menos tres por ciento de la votación total válida emitida en cualquiera de las elecciones federales.

Si bien la Suprema Corte de Justicia ha establecido que no todos los actos o leyes relacionados que tienen que ver con los partidos y la contienda política deben ser calificados, en automático, como «materia electoral», en este caso el Juez Gómez Fierro sostuvo que no hay duda que el amparo de Nueva Alianza sí entra en esa categoría.

«La norma general y acto reclamado deben considerarse de contenido materialmente electoral, ya que al margen de su denominación, los artículos combatidos involucran los derechos y prerrogativas de los partidos políticos que cuenten con registro ante la autoridad electoral», explicó el Juez.

Nueva Alianza puede impugnar el desechamiento del amparo mediante recurso de queja ante un tribunal colegiado de circuito, pero tiene mínimas posibilidades de que su demanda sea admitida.

El recurso que procedería para impugnar la decisión del INE es la apelación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Encuentro Social, el otro partido que perdió su registro, ya litiga al menos dos apelaciones ante el TEPJF, que están en manos del Magistrado Felipe de la Mata, pero los estrados de ese tribunal no indican que se encuentre en trámite algún recurso similar de Nueva Alianza.

Desde agosto pasado, el TEPJF rechazó recursos con los que ambos partidos buscaron anular la votación en algunas casillas, para generar un nuevo cómputo y alcanzar el mínimo de tres por ciento.

Nueva Alianza tuvo el peor desempeño entre los ocho partidos que participaron en la elección de julio pasado. En la Presidencial, solo tuvo 1.02 por ciento de los votos, mientras que en las legislativas, su máximo fue 2.58 por ciento en las de diputados de mayoría.

Con la pérdida del registro, Nueva Alianza también perdió derecho a financiamiento público y prerrogativas, y se nombró a un liquidador para administrar los bienes del partido hasta su total extinción.

Con información de Reforma

octubre 8, 2018 - 5:30 pm

Por: Staff

Política

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