Itaipue recomienda a Soapap justifique reserva de contrato de la concesión el agua

El pleno del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Datos Personales (Itaipue) votó por unanimidad para que el Soapap afine la redacción de “la prueba de interés” que mantiene en reserva el contrato de la empresa Concesiones Integrales, conocida como Agua de Puebla, a la que le fue concesionado el servicio del Agua Potable y Alcantarillado.

En la sesión ordinaria 9/2019 celebrada hoy, la comisionada Gabriela Sierra al resolver el recurso de revisión 54/SOAPAP-01/2019 –de un ciudadano que impugnaba la declaración de reserva del contrato-, revocó la respuesta y urgió al Soapap a que argumente una mejor “prueba de daño” que justifique la clasificación de la información.

“La Ponencia a mi cargo, propone revocar el acto impugnado, a efecto que el sujeto obligado, deberá realizar una correcta prueba de interés, así como para la elaboración de versiones públicas, ponderando los derechos fundamentales controvertidos, para demostrar el perjuicio que se produciría al publicar la información solicitada”, sentenció.

En la lectura de la ponencia se reveló que un ciudadano requirió del Soapap la copia contrato o convenio de concesión del servicio público de agua potable y alcantarillado del municipio de Puebla e informar de los procedimientos administrativos y judiciales contra el Soapap y la etapa en la que se encuentran o si finalizaron, pues el principal argumento a la fecha para negar la información es que el contrato de Concesiones Integrales es materia de al menos 6 amparos en tribunales federales.

El Soapap respondió enviando al ciudadano por correo electrónico la prueba de daño y el acta de comité en el cual confirma la reserva de la información solicitada, por lo que el ciudadano solicitante, interpuso su queja e impugnó la declaratoria de la clasificación de la información.

Durante la lectura de la ponencia, la comisionada Gabriela Sierra informó que para la resolución de este recurso de revisión, analizó el expediente en su conjunto y advirtió que la ‘prueba de daño’ – argumento que sostiene la reserva de cualquier información—hecha por el Soapap “no refleja la ponderación de derechos”.

Criticó que el riesgo que representa proporcionar la información, el Soapap lo reduce a señalar que su difusión causaría un perjuicio a la “protección del interés jurídico de las partes en el juicio y del principio de imparcialidad”.

Tras la lectura, el resto del pleno votó a favor de que el Soapap realice una correcta prueba de interés, bajo los derechos fundamentales controvertidos para demostrar el perjuicio que se produciría al publicar la información solicitada.

mayo 17, 2019 - 7:30 am

Por: Staff

Política

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