Llaman a transparentar recursos destinados para afrontar la contingencia sanitaria

La presidenta de la Comisión de Gobierno Abierto y Comunicación, Luz Rosillo Martínez, enfatizó que es obligación transparentar todo recurso económico que sea entregado a los ciudadanos, esto de acuerdo al capítulo segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla que indica el artículo 77 en su numeral XV; esto ante la respuesta de regidores de Juntos Haremos Historia, quienes informaron que no se podrá transparentar el padrón de los recursos que se entregarán a 2 mil 110 comerciantes de mercados de apoyo.

“En el capítulo segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, en el artículo 77 vienen las obligaciones generales de transparencia de los sujetos obligados; en el numeral XV leo textual dice la información de los programas de subsidio estímulos y apoyos que ofrecen en los que se deberán informar respecto de los programas de transferencia de servicios infraestructura social y de subsidios especificando y hay una serie de especificaciones, área, denominación del programa, periodo de vigencia, hay miles de cosas”, precisó.

Rosillo Martínez recalcó que toda la entrega de recurso económico que es público se tiene que transparentar e indicar a la persona que fue entregado a fin de cumplir con la Ley de Transparencia como se marca en el portal donde deben estar dados de alta todos los padrones de beneficiarios.

Acotó que en el último inciso, que es el “Q”, el padrón de beneficiarios deberá contener los siguientes datos:

Nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias.

Monto, recurso o beneficio o apoyo otorgado a cada persona.

Unidad territorial, distrito, colonia, (no específica dirección por ser dato sensible o personal).

Edad y sexo (no son necesarios contemplarlos), entre otros datos que se deberán transparentar al concluir con la entrega de los recursos económicos del programa o de las auditorías a las que estén expuestas.

“El que también podría ser un dato personal sensible el tema del sexo por el tema de género, muchas veces no es necesario ponerlo, ni tampoco la edad pero en el momento en el que las personas reciben un recurso que es público entonces parte del tema es que la ley lo que dice es que estas manejando un recurso público y se tienen que decir de quién es”, señaló.

julio 15, 2020 - 6:30 pm

Por: Laura Hernández Villagrán

Ciudad

Te recomendamos: