Avanza en comisiones reforma para tipificar ataques con ácido como forma de violencia contra mujeres

La propuesta busca actualizar la legislación para darle la atención necesaria a este delito.

Las comisiones unidas Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron un proyecto de decreto, para que se reconozcan en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los ataques con ácido en contra de las mujeres, como una forma de violencia física.

De esta forma, estos órganos legislativos, buscan visibilizar la gravedad de este tipo de violencia en contra de las mujeres, así como brindarles a las víctimas las herramientas jurídicas que les permitan acceder a su derecho a la justicia y ser sujetas a la reparación de los daños correspondientes.

El documento refiere que es necesario actualizar dicha legislación, debido a que aún no considera como violencia contra las mujeres este tipo de ataques.

En este sentido, las reformas plantean que se establezca como violencia física a los ataques con ácido, sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables o cualquier otra sustancia que, en determinadas condiciones, pueda provocar o no lesiones, ya sean internas, externas, o ambas.

La violencia de género a través de ataques con ácido, agrega el proyecto de dictamen, son una forma extrema de violencia contra las mujeres que pretende marcar su cuerpo y prolongar el dolor de éstas, el cual puede incluso provocarles la muerte.

En la última década, en México, precisa, tan sólo desde 2010 hasta 2020 se han cometido nueve ataques de este tipo, y a pesar de esto, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia aún no lo regula ni lo considera como violencia contra las mujeres, a pesar de que tiene el objetivo de dañar físicamente a la víctima desfigurándola, lisiándola, cegándola o privándola de su vida.

Dicho delito, agrega la propuesta, no está recibiendo la atención necesaria y, por ende, requieren de la atención adecuada, no solo para sancionar a las personas responsables, también para prevenir y garantizar las acciones para la restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición.

En la misma reunión de trabajo, las y los senadores, también aprobaron establecer en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que la Federación, estados y municipios instauren modelos de atención, prevención y sanción, que permitan la protección de las víctimas de violencia familiar.

Para ello, se plantea instaurar procedimientos que promuevan la atención oportuna y eficaz de las víctimas por medios digitales o remotos, preservando en todo momento su seguridad, confidencialidad y protección de sus datos personales.

Así como establecer medios y canales alternativos de denuncia que garanticen el acceso a la atención oportuna y eficaz de las víctimas que no cuentan con la oportunidad de acceder a servicios de Internet o dispositivos electrónicos, o bien, su acceso a los mismos es limitado.

El dictamen precisa que es indispensable que todas las entidades federativas cuenten con los medios digitales para atención a víctimas de delitos, especialmente las mujeres víctimas de violencia familiar, las cuales tienen realidades diferentes, por las que pueden verse frente a mayores dificultades para denunciar a la persona agresora.

Asimismo, las y los integrantes de las comisiones avalaron reformar la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a efecto de que las autoridades tengan la responsabilidad de diseñar políticas y programas de desarrollo empresarial, industrial y comercial en favor del empoderamiento igualitario.

La igualdad entre géneros no sólo es un derecho humano, sino que representa la base para poder alcanzar una sociedad más equitativa y con mayores oportunidades para las mujeres en todos los ámbitos de desarrollo, coincidieron las y los legisladores.

febrero 27, 2022 - 4:45 pm

Por: Staff

Nacional

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