Con el objetivo de imponer sanciones al servidor público integrante de un comité de transparencia, que clasifique o amplíe el plazo de clasificación de información como reservada o confidencial cuando no merezca tal carácter, el senador Saúl López Sollano presentó diversas reformas a las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Responsabilidades Administrativas.
En la iniciativa, el legislador de Morena señaló que el expediente administrativo que se genere del proceso de clasificación, deberá enviarse de manera inmediata en copia certificada al órgano garante local para su valoración.
Indicó que en caso de que se consideré que se ha incurrido en omisiones, se deberá denunciar la conducta ante las autoridades competentes para la sanción correspondiente de acuerdo a lo previsto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
El senador de Guerrero consideró necesario robustecer dichas leyes para que haya más restricciones con la información que se pueda ocultar, además de fortalecer las responsabilidades administrativas de servidores públicos que colaboren en clasificación de documentos reservados y confidenciales, así como en la construcción de pruebas de daños a sabiendas de que la información no merece tal carácter.
Tales reformas, dijo, fortalecerán la garantía del derecho al acceso a la información en México y permitirá permear la lucha contra la corrupción para tener un mejor gobierno.
Explicó que los sujetos públicos obligados, son todos aquellos que por ser financiados con recursos públicos están obligados a transparentar un catálogo de información común o específica según sus funciones. Dijo que tienen la posibilidad de limitar la información que comparten periódicamente, así como la que les es solicitada mediante los procedimientos internos de reserva y clasificación de la información.
López Sollano señaló que a pesar de que la normatividad regula las hipótesis por las que tales procedimientos pueden llevarse a cabo, se considera que no es lo suficientemente restrictiva y permite que información que no debería obtener el carácter de reservada o clasificada lo obtenga y más aún, lo conserve por un periodo duplicado al que la ley permite, de hasta diez años.
Lo anterior, apuntó, permite que de manera subjetiva las y los servidores públicos puedan ocultar información bajo tales supuestos violentando el derecho al acceso a la información de las y los ciudadanos sin ser vigilados.
De igual manera, agregó, dichas reservas y clasificaciones pueden permitir que se solapen actos de corrupción dentro de las instituciones, debido a que pueden ocultarse diversidad de documentos administrativos que en muchas ocasiones forman parte de expedientes de procesos que conllevan actos ilícitos y estratégicamente no se difunden.
El proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se turnó directamente a las comisiones unidas de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana; y de Estudios Legislativos, Segunda.