El acoso y hostigamiento laboral un obstáculo en nuestro proyecto de vida

La actividad diaria que tiene el propósito de producir bienes y servicios que permitan satisfacer necesidades primarias de subsistencia familiar se denomina trabajo. Esta actividad es indispensable para el crecimiento y productividad de todo país. También el ser humano está en una búsqueda constante para poder incluirse en el mercado laboral, lograr metas y éxitos que permitan una mejor calidad de vida para todas y todos.

En nuestro país el no tener acceso oportunidades laborales es una constante por eso la existencia de los trabajos informales, así como la falta de oportunidades existentes, esto ocasiona sufrimiento y desaliento generalizado, lo que detiene la buscando de empleo ante la expectativa de no conseguirlo.

En el trabajo las condiciones deben ser las optimas para desarrollarlo, por eso hablar de situaciones que merman la salud y desarrollo de las personas ante la complicada situación laboral a la que se enfrentan es relevante, ya que al combinarse se crean panoramas desfavorables en la economía y en el proyecto de vida de las personas.

En el artículo tercero de la ley del trabajo, deja en claro que el trabajo es un derecho el cual, exige respeto hacia las libertades y a la dignidad humana, reconociendo que hombres y mujeres somos iguales ante la ley, por lo que el trabajo se debe de efectuar en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores, pues ambos son susceptibles de sufrir acoso u hostigamiento laboral.

El “acoso” y “hostigamiento laboral” se confunde en cuanto a su definición, mientras que el primero, según nuestra Ley Federal del Trabajo lo define como una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos; el hostigamiento es el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

Este tipo de conductas dañan la salud física, psicológica y sexual de quien las padece, generando un impacto económico negativo, afectando principalmente a las mujeres. Se pueden identificar estas formas según el artículo 3o Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT). El hostigamiento y acoso laboral puede ser además sexual.

Es común que un superior inicie con hostigamiento sexual con discriminación, obstaculizaciones de desempeño, proposiciones fuera de los códigos de ética y cuando el personal laboral les rechaza, ejerza hostigamiento laboral, lo que termina por abandonar su lugar de trabajo con una renuncia que impacta directamente a su proyecto de vida y manutención.

Si consideras te encuentras en esta situación o alguien conocido, actúen denuncien tanto en el lugar de trabajo como analizar la posibilidad de iniciar procesos jurídicos que protejan los derechos y la libertad de toda persona. Hay caminos y formas de lograrlo solo que a veces la desinformación y la débil cultura de denuncia continúa fortaleciendo estos actos de abuso de poder.

Para que la huella que deje tu trabajo solo sea de éxito, el respeto debe imperar en todos los espacios de la vida, por tanto, si replicas estas conductas detente, si lo presencias no lo toleres y mantente informada de las medidas de prevención y actuación en el campo donde te desarrolles para que sepas que hacer ante cualquier acto de acoso y hostigamiento laboral antes de tomar cualquier decisión.

Foto: Es Imagen / Archivo

junio 26, 2022 - 12:45 pm

Por: Gaby Bazán

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